Se otorga la patente de Agente Aduanal a José Antonio de la Fuente Quinzaños, con adscripción en la Aduana de Veracruz

DOF: 19/10/2015

ACUERDO por el que se otorga la patente de agente aduanal número 1708 al ciudadano José Antonio de la Fuente Quinzaños, para ejercer funciones con tal carácter ante la Aduana de Veracruz, como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario del agenteaduanal José Antonio Gerardo de la Fuente y Jiménez.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Aduanas.- Administración Central de Normatividad Aduanera.

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Acuerdo 800-02-00-00-00-2015- 483
Vistos los escritos recibidos en esta Administración, mediante los cuales el C. JOSE ANTONIO DE LA FUENTE QUINZAÑOS, solicitó se le otorgara patente de Agente Aduanal, en virtud del retiro voluntario del Agente Aduanal JOSE ANTONIO GERARDO DE LA FUENTE Y JIMENEZ, titular de la patente número 500, con adscripción en la aduana de VERACRUZ; y considerando que el C. JOSE ANTONIO DE LA FUENTE QUINZAÑOS, ha cumplido con lo establecido en el Décimo segundo de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015, y que mediante acuerdo emitido por esta Administración, se autorizó el retiro voluntario de manera definitiva e irrevocable del Agente Aduanal JOSE ANTONIO GERARDO DE LA FUENTE Y JIMENEZ a su patente; el Administrador Central de Normatividad Aduanera, con fundamento en los artículos 2, párrafo primero, Apartado B, fracción I, inciso b); 9, penúltimo párrafo; 10; 11, fracción IV, y segundo, tercero y cuarto párrafo, numeral 2, en relación con el artículo 12, Apartado B del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria; y 144, fracciones XXI y XXXV de la Ley Aduanera, ACUERDA: PRIMERO.- Otorgar la patente de Agente Aduanal número 1708 al C. JOSE ANTONIO DE LA FUENTE QUINZAÑOS, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de VERACRUZ, como aduana de adscripción, en virtud delretiro voluntario del Agente Aduanal JOSE ANTONIO GERARDO DE LA FUENTE Y JIMENEZ, por lo cual, a partir de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, será inactivada la patente 500, que había sido asignada al citado Agente Aduanal. SEGUNDO.- Notifíquese el presente acuerdo mediante oficio a los CC. JOSE ANTONIO DE LA FUENTE QUINZAÑOS y JOSE ANTONIO GERARDO DE LA FUENTE Y JIMENEZ, anexando un ejemplar con firma autógrafa del mismo. TERCERO.- Gírese oficio al administrador de la aduana de VERACRUZ, remitiéndole copia simple del presente acuerdo.
Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, por una sola vez a costa del C. JOSE ANTONIO DE LA FUENTE QUINZAÑOS, y surta efectos de notificación.
Atentamente
México, D.F., a 21 de septiembre de 2015.- El Administrador Central de Normatividad Aduanera, Marcoflavio Rigada Soto.- Rúbrica.

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