Se modifican términos de la autorización para el establecimiento en territorio nacional de The Export-Import Bank of Korea

DOF 09 de octubre 2024

Oficio mediante el cual se modifican los términos de la autorización para el establecimiento en territorio nacional de The Export-Import Bank of Korea, Oficina de Representación en México

En resumen:

Modificación de Autorización:

  • Se modifica el “Resolutivo Tercero” de la autorización para que The Export-Import Bank of Korea establezca una oficina de representación en México. Esta autorización original fue otorgada en el oficio UBA/101/2003 y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de noviembre de 2003.
  • El cambio establece que el señor Se-Ho Yang será el representante a cargo de la oficina en México.

Requisitos de Publicación:

  • El oficio debe ser publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) a costa de The Export-Import Bank of Korea.
  • Además, se requiere que se informe a la CNBV sobre la fecha de publicación en un plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente de la publicación. Esta publicación debe realizarse dentro de los quince días hábiles posteriores a la recepción del oficio.

Fundamentación Legal:

  • El oficio se emite con base en diversas leyes y reglamentos, incluyendo la Ley de Instituciones de Crédito, la Ley de la CNBV, y el Reglamento Interior de la CNBV.

    Esta resolución oficializa el nombramiento del representante en México y detalla las obligaciones y tiempos para la publicación oficial del documento.


    Publicación oficial:

    DOF 09 de octubre 2024

    OFICIO mediante el cual se modifican los términos de la autorización para el establecimiento en territorio nacional de The Export-Import Bank of Korea, Oficina de Representación en México.


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