Blog Aduanero

Noticias y Publicaciones de Comercio Exterior

Advertisement

Se eleva fuertemente el arancel a la importación de azúcar: nuevas cuotas hasta 210.44%

DOF 10 noviembre 2025 (Edición Vespertina)

Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

En resumen:

Entrada en vigor: 11 de noviembre de 2025
Tipo de contribuyentes u operaciones afectadas:
Importadores de azúcar y productos con alto contenido de azúcar, principalmente en sectores alimentarios, confitería, bebidas, farmacéutica y comercio en general.

Nuevas medidas arancelarias para proteger a la agroindustria azucarera nacional

El Poder Ejecutivo Federal ha emitido un decreto por el cual se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), con el propósito de fortalecer la industria nacional del azúcar ante condiciones adversas del mercado internacional, como una fuerte caída de precios y una sobre oferta en el ámbito local.

Fundamento legal

  • Artículo 131, párrafo segundo de la CPEUM
  • Ley de Comercio Exterior (Arts. 4 fracción I, 6 y 12 fracción I)
  • TIGIE publicada el 7 de junio de 2022 y modificada posteriormente

Productos afectados y nuevas cuotas arancelarias

Se establecen aranceles ad-valorem en sustitución de los montos específicos previos en USD/kg. Las nuevas tasas son:

Fracción ArancelariaDescripciónCuota nuevaCuota anterior
1701.12.05Azúcar de remolacha156%0.36 USD/kg
1701.13.01Azúcar de caña (Nota 2 subpartida)156%0.36 USD/kg
1701.14.91Otros azúcares de caña156%0.36 USD/kg
1701.91.04Azúcar con sabor o colorante156%0.338 USD/kg
1701.99.99Los demás156%0.39586 USD/kg
1702.90.01Azúcar líquida refinada y azúcar invertido210.44%0.39586 USD/kg
1806.10.01Chocolate con >90% de azúcar156%0.36 USD/kg
2106.90.05Jarabes con sabor o colorantes156%0.36 USD/kg

¿Por qué se implementa esta medida?

El Gobierno Federal justifica esta acción con base en:

  • Protección urgente de la agroindustria cañera nacional, cuya viabilidad económica está siendo amenazada.
  • Cumplimiento con compromisos internacionales, manteniéndose dentro de los límites permitidos por la OMC.
  • Respaldo al desarrollo económico regional, según lo establece el Plan Nacional de Desarrollo 2025–2030.

Implicaciones prácticas

  • Impacto en costos de importación: Las empresas que importan azúcar o productos que lo contengan verán aumentos significativos en sus costos, lo que podría influir en precios al consumidor final.
  • Aumento de competitividad para el producto nacional: Se busca frenar las importaciones baratas y generar mejores condiciones para la comercialización de azúcar producida en México.
  • Revisión de contratos y proveedores: Las industrias usuarias de azúcar deberán revisar sus cadenas de suministro y esquemas de abasto internacional.

Conclusión

Este ajuste arancelario representa un cambio de alto impacto para múltiples sectores industriales. Si tu empresa importa azúcar o productos con alto contenido de azúcar, es urgente evaluar tu estrategia comercial y aduanera para mitigar riesgos y costos.


Publicación oficial:

DOF 10 noviembre 2025 (Edición Vespertina)

DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.


Para cualquier duda relacionada con esta publicación por favor contacte a nuestros asesores:

Tel. (+52) 55 4632 2870 (llamadas y WhatsApp)

Consorcio Jurídico Aduanero

Consultoría y Defensa Aduanera… Confiable!