DOF: 29/01/2016
ACUERDO por el que se da a conocer el cambio de domicilio de la Secretaría de Economía.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
Con fundamento en los artículos 34 fracción XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 31 fracción VI del Código Civil Federal, 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que la Secretaría de Economía es una Dependencia de la Administración Pública Federal centralizada conforme a los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 2 fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y a la misma compete el despacho de los asuntos a que se refiere el artículo 34 de dicha Ley.
Que en términos de la propia Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la Administración Pública Federal debe establecer las oficinas para los trámites que se realicen ante la misma, a fin de dotar al interesado del pleno conocimiento del lugar en donde habrán de llevarse a cabo la recepción de correspondencia, trámites y servicios, notificaciones, diligencias y demás procedimientos administrativos.
Que el Código Civil Federal establece que será considerado como domicilio legal, para el caso de los servidores públicos, el lugar donde desempeñan sus funciones por más de seis meses.
Que de conformidad con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, la Secretaría de Economía, como sujeto obligado de la misma tiene la obligación de poner a disposición del público y actualizar, entre otras, la información relativa al domicilio de su Unidad de Enlace.
Que por lo anterior y con el propósito de dar certeza a los interesados sobre el domicilio donde tendrá su sede temporal la Secretaría de Economía, se emite el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CAMBIO DE DOMICILIO DE LA SECRETARÍA DE
ECONOMÍA
ECONOMÍA
Primero.- A partir del 2 de febrero de 2016, el domicilio oficial de la Secretaría de Economía será el inmueble que se ubica en la Avenida Paseo de la Reforma número 296, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06600, México, Distrito Federal, para todos los efectos legales a que haya lugar.
Segundo.- Las unidades administrativas de la Secretaría de Economía que se ubicarán en el domicilio señalado en el punto anterior, son las que a continuación se indican:
1. Oficina del Secretario;
2. Subsecretaría de Competitividad y Normatividad:
a) Unidad de Diseño e Implementación de Políticas Públicas para la Productividad, y
b) Secretariado Técnico de la Competitividad.
3. Subsecretaría de Industria y Comercio:
a) Unidad de Compras de Gobierno, y
b) Unidad de Contenido Nacional y Fomento de Cadenas Productivas e Inversión en el Sector Energético.
4. Subsecretaría de Comercio Exterior:
a) Unidad de Negociaciones Internacionales;
b) Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional;
c) Dirección General para América del Norte;
d) Dirección General para Europa y África;
e) Dirección General para Asia, Oceanía y Organismos Multilaterales;
f) Dirección General de Comercio Internacional de Bienes;
g) Dirección General de Comercio Internacional de Servicios e Inversión, y
h) Dirección General de Reglas de Comercio Internacional.
5. Oficialía Mayor:
a) Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto.
6. Unidad de Asuntos Jurídicos, y
7. Coordinación General de Delegaciones Federales.
Tercero.- Las notificaciones, acuerdos, citatorios, diligencias, trámites y servicios, procedimientos administrativos y demás asuntos relacionados con esta Secretaría y que se lleven a cabo con y por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, gobiernos de las entidades federativas, municipales y órganos político administrativos del Distrito Federal, órganos de impartición y procuración de justicia federales y locales, órganos autónomos, demás autoridades y público en general, deberán enviarse y realizarse en el domicilio señalado en el Punto Primero de este Acuerdo.
Lo anterior con excepción de aquellas unidades administrativas que cuenten con sus propias oficialías de partes, quienes continuarán recibiendo los trámites de su competencia en los lugares establecidos y en los horarios que se han fijado para tal propósito.
Cuarto.- Por lo que se refiere a los procedimientos que se tramitan actualmente, en los que esté corriendo algún plazo legal y, que en la notificación correspondiente se hubiera señalado el domicilio en Alfonso Reyes número 30, Colonia Hipódromo Condesa, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06140, en México, Distrito Federal, se hace del conocimiento de los interesados que deberán presentar sus promociones y documentos respectivos en el domicilio que se indica en el Punto Primero del presente Acuerdo.
Quinto.- La Unidad de Enlace de la Secretaría de Economía tendrá su domicilio oficial en el señalado en el Punto Primero del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 26 de enero de 2016.- El Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal.- Rúbrica.