Se da a conocer a las dependencias, entidades, órganos desconcentrados de la Administración Pública Federal, los umbrales actualizados al capítulo de compras gubernamentales del TLC entre México y Colombia para 2023-2024

DOF: 16/06/2023

OFICIO Circular por el que se da a conocer a las dependencias, entidades, órganos desconcentrados de la Administración Pública Federal, así como a la Fiscalía General de la República, sujetas a la cobertura de los Tratados de Libre Comercio, los umbralesactualizados aplicables al capítulo de compras gubernamentales del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia para los años 2023-2024.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Oficialía Mayor.- Unidad de Normatividad.- Oficio No. UN/700/TU/AD/176/2023.

Tomando en consideración la información proporcionada por la Secretaría de Economía mediante Oficio No 522/01/041.2023, se da a conocer el valor actualizado de los umbrales establecidos en dicho capitulo para determinar su ámbito de aplicación durante los años 2023 y 2024, de acuerdo a lo siguiente:

1.     El artículo indicado en el cuadro que antecede, establece que su ámbito de aplicación, entre otros elementos a considerar, estará determinado por el valor del contrato que será adjudicado en relación a los umbrales expresados en dólares estadounidenses.

2.     De acuerdo con el párrafo 1, incisos a), b) y c) del Anexo 6 al artículo 15-02 del Capítulo XV de dicho Tratado, el ajuste inflacionario de los umbrales serán calculado utilizando la tasa de inflación de los Estados Unidos de América, medida por el Índice de Precio al Mayoreo para productos terminados publicado por el Bureau of Labor Statistics de ese país y los ajustes se calcularán sobre periodos bienales, que comenzarán el 1° de noviembre, y surtirán efecto el 1° de enero del año siguiente inmediato.

3.     Atendiendo a lo establecido en el párrafo 2 del Anexo 6 del artículo 15-02 del Capítulo XV del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia, la tasa de cambio para la determinación del valor de los umbrales, para propósitos de este capítulo, será el valor vigente del peso mexicano publicado por el Banco de México, en relación con el dólar estadounidense a partir de la fecha de publicación del aviso del contrato proyectado.

4.     Los valores modificatorios de los umbrales aplicables al Capítulo de Compras al Sector Público para el referido Tratado de Libre Comercio, para el periodo comprendido del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2024, que fueron proporcionados por la Secretaría de Economía son:

Por lo expuesto, la presente información deberá ser observada por las unidades administrativas responsables de llevar a cabo los procedimientos de contratación en las dependencias, entidades, órganos desconcentrados y la Fiscalía General de la República.

Ciudad de México, a 8 de junio de 2023.- La Titular de la Unidad, Luz Herminia Camacho Rivera.- Rúbrica.