SAT publica nuevo listado global definitivo de contribuyentes con operaciones inexistentes – Art. 69-B CFF

DOF 30 mayo 2025

Oficio 500-05-2025-12325 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación

En resumen:

Fecha de entrada en vigor: Mismo día (30 de mayo de 2025)

¿A quién puede afectar?
A empresas, personas morales y físicas que hayan realizado operaciones con los contribuyentes listados, ya que los comprobantes fiscales emitidos por éstos no producirán efectos fiscales. También afecta a quienes integran su contabilidad con dichos comprobantes o se encuentren en procesos de deducción o acreditamiento relacionados.

Resumen del documento:
Mediante el oficio 500-05-2025-12325, la Administración Central de Fiscalización Estratégica del SAT publicó el listado global definitivo conforme al cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, el cual incluye a contribuyentes que no lograron desvirtuar la presunción de operaciones inexistentes.

Fundamento legal:

  • Artículo 69-B, párrafos primero a quinto, del Código Fiscal de la Federación
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación
  • Reglamento Interior del SAT
  • Diversos acuerdos delegatorios

Contribuyentes señalados (ejemplos del total listado):

  • ABASTECEDORA COMERCIAL SALVITY, S.A. DE C.V.
  • ADMINISTRACION INTEGRAL DELAG, S.A. DE C.V.
  • CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTO GOPEZ, S.A. DE C.V.
  • FASBENDER, S.A. DE C.V.
  • TRANSPORTES MAKITO, S.A. DE C.V.

Todos ellos fueron notificados debidamente, presentaron pruebas, pero no lograron desvirtuar los hechos señalados por la autoridad.

Explicación de los temas importantes:

1. Imposibilidad de deducir CFDI:
Los comprobantes fiscales emitidos por los contribuyentes listados no tienen validez fiscal, conforme al quinto párrafo del artículo 69-B CFF. Esto afecta directamente la deducción de impuestos y el acreditamiento de IVA.

2. Recomendación para empresas:
Toda persona física o moral que haya realizado operaciones con los contribuyentes listados deberá:

  • Revisar su contabilidad.
  • Corregir deducciones y acreditamientos.
  • Analizar si debe presentar declaraciones complementarias.
  • Evaluar riesgos fiscales ante una posible revisión del SAT.

3. Interés público:
La publicación tiene como objetivo detener la simulación de operaciones y proteger la integridad del sistema fiscal, permitiendo a terceros conocer con certeza qué contribuyentes están definitivamente en esta situación irregular.


Publicación oficial:

DOF 30 mayo 2025

OFICIO 500-05-2025-12325 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación.


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