SAT notifica a contribuyentes presentar documentación necesaria para desvirtuar operaciones inexistentes

DOF: 08/12/2015

OFICIO mediante el cual se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1, se han ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.

Descargar PDF

Oficio: 500-05-2015-39322
Asunto: Se notifica que los contribuyentes a
que se refiere el Anexo 1 del presente oficio
se han ubicado en el supuesto previsto en el
artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal
de la Federación.
La Administradora Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación del 12 de junio de 2003; 1,2 párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e); y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento; Artículo Segundo, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 17 de noviembre de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio único de dicho Acuerdo; así como en los artículos 33, último párrafo, 63, y 69-B, primer y segundo párrafos del Código Fiscal de la Federación, notifica lo siguiente:
Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades conferidas en las disposiciones fiscales vigentes, esta Administración Central, dentro de los expedientes que obran en la misma, así como en las bases de datos del Servicio de Administración Tributaria a los que tiene acceso y utiliza de conformidad con el artículo 63, párrafos primero y último, del Código Fiscal de la Federación, ha detectado que los contribuyentes que se nombran en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.
En razón de lo anterior, con fundamento en el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, se informa a los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1 del presente oficio, que se encuentran en el supuesto previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, lo anterior se les hace de su conocimiento con el objeto de que puedan manifestar ante la autoridad fiscal lo que a su derecho convenga y aportar la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos.
No se omite señalar que los hechos particulares por los cuales esta autoridad fiscal determinó que los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1 del presente oficio se ubicaron en el supuesto a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, se pormenorizan en el oficio individual que se notificó al contribuyente.
Entonces, se indica que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 69-B, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, cada uno de los contribuyentes que se mencionan en el citado Anexo 1 del presente oficio tendrán un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de que surta efectos la última de las notificaciones, según la prelación establecida en el artículo 69, primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, a fin de que Presenten ante las oficinas de esta Administración Central, ubicada en Av. Hidalgo No. 77, Módulo II, Primer Piso, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300, MéxicoD.F., escrito libre en original y dos copias, firmado por el contribuyente o su representante legal en los términos del artículo 19 del referido Código, a través del cual manifiesten lo que a su derecho convenga, anexando a dicho escrito la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos pormenorizados en el oficio individual ya mencionado.
La documentación e información que presenten a través del citado escrito deberá de cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 18, 18-A y 19 del Código Fiscal de la Federación.”
Asimismo, se les apercibe que si transcurrido el plazo concedido no aportan las pruebas, la documentación e información respectiva; o bien, en caso de aportarlas, una vez admitidas y valoradas, no se desvirtúan los hechos señalados en el oficio individual mencionado en el tercer párrafo, numeral 1) del presente oficio, se procederá en los términos que prevé el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, caso en el cual se notificará la resolución y se publicará el nombre, denominación o razón social en el listado de los contribuyentes que no hayan desvirtuado los hechos que se les imputan y, por tanto, se encuentran definitivamente en la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B, listado que para tal efecto se difunda en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, y se publique en el Diario Oficial de la Federación; lo anterior, toda vez que es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes y que la sociedad conozca quiénes son aquéllos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones.
Atentamente
México, D.F., a 30 de noviembre de 2015.- La Administradora Central de Fiscalización Estratégica, Marisela Corres Santana.- Rúbrica.
Asunto:   Anexo 1 del oficio número 500-05-2015-39322 de fecha 30 de noviembre de 2015, en el que se notifica, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, que los contribuyentes mencionados en el presente Anexo se ubican en el supuesto previsto en el primer párrafo del citado precepto legal.
A continuación se enlistan los contribuyentes a los que se hace referencia en el oficio número 500-05-2015-39322 de fecha 30 de noviembre de 2015, emitido por la Mtra. Marisela Corres Santana, Administradora Central de Fiscalización Estratégica.
RFC
NOMBRE EFOS
NÚMERO DEL OFICIO
DE PRESUNCIÓN
FECHA DE NOTIFICACIÓN DEL
OFICIO DE PRESUNCIÓN
1
AGO120120UM5
ALMACENES THE GROCERS OAXACA, S.A. DE C.V.
500-04-00-00-00-2015-30655
20 de octubre de 2015
2
ANM120721BHA
ACABISE NACIONAL DE MÉXICO, S.A. DE C.V.
500-05-2015-33845
10 de noviembre de 2015
3
ASA110718HJ5
ASESORÍA Y SERVICIOS ACANTO, S.A. DE C.V.
500-05-2015-31393
10 de noviembre de 2015
4
BEPJ771103UZ4
BENITEZ DE PAZ JULIO CESAR
500-05-2015-30973
26 de noviembre de 2015
5
CAA090612ND5
CAFELUZ & ASOCIADOS, S.C.
500-05-2015-33966
6 de noviembre de 2015
6
CPO1204274U9
COMERCIALIZADORA POST, S.A. DE C.V.
500-05-2015-31142
20 de octubre de 2015
7
CSU110616U87
CONSULTORÍA Y SERVICIOS UZEY, S.A. DE C.V.
500-04-00-00-00-2015-30494
4 de noviembre de 2015
8
CURE8711095F1
CRUZ RUIZ EMMA MAGALY
500-04-00-00-00-2015-30580
4 de noviembre de 2015
9
CVA1303261P4
COMERCIALIZADORA VALLEN, S.A. DE C.V.
500-05-2015-33842
4 de noviembre de 2015
10
DSI050909PV0
DESARROLLO Y SERVICIOS INTEGRALES ENEMPRESAS, S.A. DE C.V.
500-04-00-00-00-2015-30579
4 de noviembre de 2015
11
FDM111005L53
FLORBAN DISTRIBUIDORA DE MATERIALES, S.A. DEC.V.
500-04-00-00-00-2015-30654
 20 de octubre de 2015
12
GAE111107RL4
GRUPO ASESOR EMPRESARIAL DE ALBA Y SCHWINN, S.A. DE C.V.
500-05-2015-33945
17 de noviembre de 2015
13
GCE1010062D6
GRUPO COMERCIAL Y EMPRESARIAL INTEGRAL, S.A. DE C.V.
500-05-2015-30935
6 de noviembre de 2015
14
GNO0911189S3
GRUPO NOLDE, S.A. DE C.V.
500-05-2015-33979
24 de noviembre de 2015
15
GULP480531EG4
GUTIÉRREZ LERMA PETRA
500-04-00-00-00-2015-30627
23 de octubre de 2015
16
IAR040810QG2
INMOBILIARIA ARDAFI, S.A. DE C.V.
500-05-2015-31097
10 de noviembre de 2015
17
ISC101215RI0
INMUEBLES Y SERVICIOS CHELLS, S.A. DE C.V.
500-05-2015-31103
12 de octubre de 2015
18
KAC080423AK2
K & C CONSULTING, S.A. DE C.V.
500-05-2015-30933
19 de octubre de 2015
19
MAOE8010261Z3
MARTELL ORTA ENRIQUE
500-04-00-00-00-2015-30581
4 de noviembre de 2015
20
MDC101206LL1
MINERA DON CHILO, S.A. DE C.V.
500-05-2015-31102
30 de octubre de 2015
21
MIN120117MM6
MULTICREACIONES INTEGRALES, S. DE R.L. DE C.V.
500-05-2015-33700
6 de noviembre de 2015
22
MPC101231ER2
MENDOZA PRIETO CONSULTORES ADMINISTRATIVOS, S.A. DE C.V.
500-05-2015-18366
21 de agosto de 2015
23
PDP1210157C0
PLANIFICACIÓN Y DISEÑO PUBLICITARIO, S.A. DE C.V.
500-05-2015-33967
19 de noviembre de 2015
24
RCO111027SK9
RAMRA CONSULTING, S.A. DE C.V.
500-05-2015-24071
6 de noviembre de 2015
25
RITM620508C27
DEL RIO TALLAVAS MARTÍN NICOLÁS
500-04-00-00-00-2015-30633
6 de noviembre de 2015
26
SAME680902KX1
SAENZ MEDINA ENRIQUE
500-05-2015-30908
27 de octubre de 2015
27
SCC120207R37
SAGURAIEB COMERCIAL DE CHIHUAHUA, S.A. DE C.V.
500-04-00-00-00-2015-30629
19 de octubre de 2015
28
SNS11120684A
LA SALUD EN EL NUEVO SIGLO, S.A. DE C.V.
500-04-00-00-00-2015-30498
30 de octubre de 2015
29
TOC1212189Y5
TECNOCONSTRUCCIONES DE OCCIDENTE. S.A. DEC.V.
500-05-2015-31386
2 de noviembre de 2015
30
WIL040322IF4
WILCO, S.A. DE CV.
500-04-00-00-00-2015-30631
 14 de octubre de 2015
___________________________

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *