El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó un boletín con las medidas que se llevarán a cabo en los próximos días, esto ante posibles manifestaciones que se presenten y sus efectos en las aduanas del país.
Desde principios de este año en la mayor parte de los estados de la República Mexicana se han presentado manifestaciones, ante el enojo de una parte de la población por las alzas en los precios de las gasolinas.
Así mismo, estas acciones que implementará el SAT coinciden con la llegada de Donald Trump a la presidencia de Estados Unidos (20 de enero), justo en medio de un ambiente enrarecido por sus posibles políticas proteccionistas que podría implementar durante su gobierno.
Con la finalidad de atender la problemática que se pueda presentar por bloqueos a las vías de comunicación y los efectos que éstas puedan causar en las operaciones de las aduanas de entrada en el país (…) el SAT, a través de la Administración General de Aduanas, otorgará las siguientes facilidades”, se lee en el texto del boletín.
– Los días 17, 18 y 19 de enero de 2017, la aduana autorizará todos los servicios extraordinarios que sean necesarios para despachar las operaciones que se necesiten.
– El día viernes 20 de enero de 2017, conforme al Administrador de la Aduana lo considere procedente, se limitará parcial o totalmente el flujo vehicular de carga y vehículos ligeros, así como operaciones en los puentes que se vean afectados por bloqueos, a fin de resguardar la integridad de los usuarios y evitar confrontaciones.
– El sábado 21 y el domingo 22 de enero de 2017, la aduana autorizará todos los servicios extraordinarios que sean necesarios para despachar las operaciones de importación y exportación que hayan sido afectadas por todas estas expresiones.
– El sábado 21 y el domingo 22 de enero de 2017, la aduana ampliará sus horarios de atención a vehículos ligeros en puentes que hayan tenido afectación, y en caso de existir se dará opción alternativa.
– Se mantendrá el DODA QR desactivado.
– Se permitirá la importación o exportación de mercancía por una aduana distinta a la declarada en el pedimento, debiendo tener plena coordinación entre las aduanas involucradas. (Apoyar en que no se tramite la rectificación).
– Otorgar las facilidades previstas en Reglas Generales de Comercio Exterior, evitando actos de molestia a los usuarios.
Fuente: T21