México D.F., a 2 de Abril de 2019
Criterio: Clave de pedimento para retirar mercancías de un RFE colindante.
Oficios: E/800/02/00/00/00/19-3818-2-87 de fecha: 29/03/2019
A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
Derivado de las dudas de nuestros agremiados, respecto a la clave a utilizar en las operaciones de extracción de mercancías que hubieran ingresado a un Recinto Fiscalizado Estratégico no colindante con la aduana, les informamos lo siguiente:
CAAAREM gestionó ante la Administración Central de Apoyo Jurídico de Aduanas dependiente de la Administración General de Aduanas del Servicio de Administración Tributaria, el criterio que debe de prevalecer en estas operaciones, de tal manera, que mediante el oficio E/800/02/00/00/00/19-3818-2-87 de fecha 29 de marzo de 2019, nos otorgo el siguiente:
- Cuando se trate del retiro de mercancías de un RFE no colindante con la aduana, para su importación definitiva se deberá de presentar dos pedimentos con clave “G9” ( uno de retiro y uno de importación definitiva).
Nota: Se adjunta el citado oficio para su consulta.
La anterior información, se hace de su conocimiento a efecto de que la misma sea considerada en sus operaciones de comercio exterior.
Cualquier duda o comentario con relación al tema favor de dirigirlo a la Dirección Operativa de la CAAAREM.
RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA