DOF 06 octubre 2025
Resolución preliminar del procedimiento administrativo de revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de microalambre para soldar originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia
En resumen:
Fecha de entrada en vigor: 7 de octubre de 2025
Tipo de operaciones afectadas:
- Importaciones de microalambre para soldar originarias de China (independientemente del país de procedencia)
- Fracciones arancelarias TIGIE: 7229.20.01, 7229.90.99, 8311.90.01 y otras asociadas
- Importadores, distribuidores y consumidores industriales (metalmecánica, automotriz, construcción)
- Operaciones sujetas a cuota compensatoria y arancel temporal del 35%
La Secretaría de Economía publicó el 6 de octubre de 2025 la resolución preliminar del procedimiento de revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de microalambre para soldar originarias de la República Popular China. Esta medida es parte del expediente REV_31-24 y se relaciona con la protección de la industria nacional frente a prácticas de discriminación de precios (dumping).
Fundamentos legales involucrados:
- Ley de Comercio Exterior (LCE)
- Reglamento de la LCE
- Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del GATT de 1994 (Acuerdo Antidumping)
Principales antecedentes:
- En 2018 se impuso una cuota compensatoria de 0.57 USD/kg.
- En agosto de 2024 fue modificada a una cuota ad valorem del 18.97%, prorrogada por cinco años.
- El periodo actual de revisión es del 1 de agosto de 2023 al 31 de julio de 2024.
Producto objeto de revisión:
Microalambre de acero al carbono aleado con manganeso y silicio, en diámetros de 0.6 a 1.6 mm, usado en procesos de soldadura MIG/MAG. Se clasifica en diversas fracciones de la TIGIE, destacando:
- 7229.20.01, 7229.90.99, 8311.90.01
- Con NICOs como 03, 04, 05, 06, 91, 92, entre otros.
Cambios importantes identificados:
- Se mantiene la cuota compensatoria mientras se concluye el procedimiento.
- Las importaciones chinas siguen mostrando precios más bajos incluso con cuota vigente.
- Se observó que 13% del volumen importado no pagó cuota, a pesar de clasificarse en fracciones sujetas.
- Productores nacionales (Electrodos Infra, Lincoln Electric y Plásticos y Alambres) solicitaron revisión debido a cambios en las condiciones de mercado.
- Presentaron evidencia de precios históricamente bajos en el periodo de revisión, señalando que la cuota vigente no ha sido efectiva para eliminar el dumping.
- La Secretaría usó datos del SAT, INEGI, Banxico y pedimentos aduanales, confirmando las diferencias de precios entre exportación e internación.
Consideraciones adicionales:
- Las importaciones están además sujetas a un arancel temporal del 35% desde abril de 2024, por dos años.
- El procedimiento continúa y se espera una resolución final más adelante, con posible modificación de la cuota actual.
¿Cómo te puede afectar?
Si tu empresa importa microalambre para soldar, deberás considerar en tu estrategia comercial:
- El mantenimiento de la cuota compensatoria de 18.97%, con posibilidad de ajustes.
- La vigilancia de fracciones arancelarias utilizadas en tus operaciones para evitar incorrecta clasificación.
- Pagos dobles de arancel (35%) más cuota compensatoria en caso de no cumplir con exenciones o TLCs.
Publicación oficial:
DOF 06 octubre 2025
RESOLUCIÓN preliminar del procedimiento administrativo de revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de microalambre para soldar originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.
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