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Revisión preliminar de la cuota compensatoria al microalambre para soldar originario de China: continúan las medidas antidumping

DOF 06 octubre 2025

Resolución preliminar del procedimiento administrativo de revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de microalambre para soldar originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia

En resumen:

Fecha de entrada en vigor: 7 de octubre de 2025
Tipo de operaciones afectadas:

  • Importaciones de microalambre para soldar originarias de China (independientemente del país de procedencia)
  • Fracciones arancelarias TIGIE: 7229.20.01, 7229.90.99, 8311.90.01 y otras asociadas
  • Importadores, distribuidores y consumidores industriales (metalmecánica, automotriz, construcción)
  • Operaciones sujetas a cuota compensatoria y arancel temporal del 35%

La Secretaría de Economía publicó el 6 de octubre de 2025 la resolución preliminar del procedimiento de revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de microalambre para soldar originarias de la República Popular China. Esta medida es parte del expediente REV_31-24 y se relaciona con la protección de la industria nacional frente a prácticas de discriminación de precios (dumping).

Fundamentos legales involucrados:

  • Ley de Comercio Exterior (LCE)
  • Reglamento de la LCE
  • Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del GATT de 1994 (Acuerdo Antidumping)

Principales antecedentes:

  • En 2018 se impuso una cuota compensatoria de 0.57 USD/kg.
  • En agosto de 2024 fue modificada a una cuota ad valorem del 18.97%, prorrogada por cinco años.
  • El periodo actual de revisión es del 1 de agosto de 2023 al 31 de julio de 2024.

Producto objeto de revisión:

Microalambre de acero al carbono aleado con manganeso y silicio, en diámetros de 0.6 a 1.6 mm, usado en procesos de soldadura MIG/MAG. Se clasifica en diversas fracciones de la TIGIE, destacando:

  • 7229.20.01, 7229.90.99, 8311.90.01
  • Con NICOs como 03, 04, 05, 06, 91, 92, entre otros.

Cambios importantes identificados:

  • Se mantiene la cuota compensatoria mientras se concluye el procedimiento.
  • Las importaciones chinas siguen mostrando precios más bajos incluso con cuota vigente.
  • Se observó que 13% del volumen importado no pagó cuota, a pesar de clasificarse en fracciones sujetas.
  • Productores nacionales (Electrodos Infra, Lincoln Electric y Plásticos y Alambres) solicitaron revisión debido a cambios en las condiciones de mercado.
  • Presentaron evidencia de precios históricamente bajos en el periodo de revisión, señalando que la cuota vigente no ha sido efectiva para eliminar el dumping.
  • La Secretaría usó datos del SAT, INEGI, Banxico y pedimentos aduanales, confirmando las diferencias de precios entre exportación e internación.

Consideraciones adicionales:

  • Las importaciones están además sujetas a un arancel temporal del 35% desde abril de 2024, por dos años.
  • El procedimiento continúa y se espera una resolución final más adelante, con posible modificación de la cuota actual.

¿Cómo te puede afectar?

Si tu empresa importa microalambre para soldar, deberás considerar en tu estrategia comercial:

  • El mantenimiento de la cuota compensatoria de 18.97%, con posibilidad de ajustes.
  • La vigilancia de fracciones arancelarias utilizadas en tus operaciones para evitar incorrecta clasificación.
  • Pagos dobles de arancel (35%) más cuota compensatoria en caso de no cumplir con exenciones o TLCs.

Publicación oficial:

DOF 06 octubre 2025

RESOLUCIÓN preliminar del procedimiento administrativo de revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de microalambre para soldar originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.


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