Resolución Final del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a importaciones de amoxicilina trihidratada originarias de India

0.B8
G-0236/2018
México D.F., a 3 de Diciembre de 2018

Resolución Final del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de amoxicilina trihidratada originarias de la República de la India, independientemente del país de procedencia.

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A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

Hacemos de su conocimiento que la Secretaría de Economía publicó en el D.O.F. del 30/11/2018, la Resolución citada al rubro, cuya entrada en vigor es al día siguiente de su publicación, como se indica a continuación:

Producto: Amoxicilina trihidratada.
Fracción arancelaria
2941.10.12 de la TIGIE, o por cualquier otra..
País de origen
India, independientemente del país de procedencia.
Tipo de Resolución
Resolución Final del examen de vigencia.
Resolución de la autoridad
  • Se declara concluido el examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de amoxicilina.
  • Se prorroga la vigencia de la cuota compensatoria a refiere el punto 1 de la Resolución (64.9 %) por cinco años más, contados a partir del 28 de noviembre de 2017.
Antecedentes
D.O.F. 27/11/2012 Resolución final de la investigación antidumping y subvención.
D.O.F. 25/11/2016 Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias.
D.O.F. 24/11/2017 Resolución de inicio de examen de vigencia.

Cualquier duda o comentario, favor de dirigirse a la Dirección Operativa de la CAAAREM.

Esta Resolución se encuentra en la Base de Datos para su consulta.

ATENTAMENTE
RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA