Hoja Informativa No. 9
Ciudad de México, 06 de marzo de 2019
2019, Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata
Manifiesto Único Aéreo – Requisitos para las transmisiones de guías aéreas y manifiestos de carga a la VUCEM
Para los efectos de las reglas 1.9.10. y 1.9.17. Generales de Comercio Exterior Vigentes y con la finalidad de garantizar que la información transmitida sea confiable y los errores se minimicen o eliminen en su totalidad, las empresas de transportación aérea, los agentes internacionales de carga y las empresas de mensajería, para efectuar la transmisión electrónica de datos a la Ventanilla Digital (VUCEM), deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener habilitado un punto de contacto 24 x 7 x 365 para solventar la problemática que se presente a los usuarios finales en caso de alguna eventualidad para atender y solucionar oportunamente cada una de ellas.
- Tener implementados todos los servicios web desarrollados por el SAT, así como todas las mejoras y actualizaciones para el envío y recepción de los mensajes XML.
- Servicio web para transmitir guías y manifiestos.
- Servicio web para recibir las respuestas por parte de VUCEM (Segundo acuse)
- Servicio web para recuperar respuestas (en caso de no recibirlas).
- Aprobar los casos prueba definidos por el SAT en conjunto con su proveedor de servicios en ambiente de pruebas para volumetría, seguridad y calidad de la información.
Para efectos de lo anterior, deberán proporcionar mediante escrito libre a la autoridad aduanera en términos de la regla 1.2.2., la siguiente información:
- Nombre y número de CAAT de las empresas a las que prestarán el servicio.
- Diagrama de transmisión a la VUCEM especificando las IP y puerto de origen y destino de cada servicio web implementado.
- URL de Recepción de respuestas de la VUCEM.
- Descripción del procedimiento mediante el cual el sistema informa a los usuarios en caso de algún error en la transmisión.
- Curriculum de la empresa que prestará el servicio de transmisión (En su caso)
El SAT publicará a través de la Ventanilla Digital el nombre, denominación o razón social de quienes podrán realizar transmisiones por haber cumplido con los requisitos señalados.
Cabe señalar que se podrán realizar transmisiones electrónicas de datos a la Ventanilla Digital (VUCEM) sin dichos requisitos hasta el 31 de junio del año en curso, ya que a partir de esta fecha sólo podrán realizar transmisiones quienes hayan dado cumplimiento con los requisitos en comento, por lo que la omisión en la transmisión respectiva, podrá ser motivo de sanciones conforme a las disposiciones aplicables.
Cualquier duda o sugerencia agradecemos realizarlo a través de los correos contactovucem@sat.gob.mx y ventanillaunica@sat.gob.mx
Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.