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Reforma al Código Fiscal de la Federación

DOF 07 noviembre 2025 (Edición Vespertina)

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación

En resumen:

Entrada en vigor: 1 de enero de 2026
Excepción: Art. 30-B entra en vigor el 1 de abril de 2026
Afecta principalmente a:

  • Personas físicas y morales que emiten o reciben CFDI
  • Contribuyentes con operaciones de comercio exterior
  • Proveedores de servicios digitales
  • Empresas con créditos fiscales o visitas domiciliarias
  • Contadores públicos inscritos
  • Plataformas digitales

Modificaciones clave al Código Fiscal de la Federación

El Decreto reforma, adiciona y deroga disposiciones en 44 artículos del CFF e introduce 7 artículos nuevos, con ajustes profundos que refuerzan facultades de fiscalización, endurecen sanciones, y amplían causales de restricción o cancelación de certificados de sello digital (CSD) y del RFC. Aquí destacamos los puntos críticos:

1. Cancelación y restricción de CSD (Art. 17-H, 17-H Bis y 49 Bis)

  • Se amplían los supuestos para restringir el CSD, incluyendo:
    • Omitir 3 pagos mensuales en un año (no necesariamente consecutivos)
    • Inconsistencias entre ingresos declarados y CFDI
    • Créditos fiscales firmes no pagados con ingresos 4 veces superiores al monto adeudado
    • CFDIs sin clave correcta o sin permiso de combustibles
    • Recepción de CFDIs falsos sin corregir la situación fiscal
  • Se crea el Artículo 49 Bis para regular visitas domiciliarias específicas cuando se presume emisión de CFDIs falsos, con suspensión inmediata del CSD, sin necesidad de agotar el procedimiento general.

2. Nuevas reglas para comprobantes fiscales (Art. 29-A y 29-A Bis)

  • Los CFDIs deben amparar actos jurídicos reales y operaciones verdaderas, de lo contrario se considerarán falsos.
  • Se refuerzan requisitos para quienes distribuyen hidrocarburos o petrolíferos.
  • Se establece un nuevo artículo que permite a la autoridad determinar directamente que un CFDI es falso si incumple con el Art. 29-A fracción IX, sin agotar otros procedimientos.

3. Inscripción y cancelación en el RFC (Art. 27 C)

  • Se faculta al SAT para cancelar el RFC de contribuyentes inactivos por 5 años.
  • Se puede negar la inscripción de personas morales cuando socios o representantes tengan antecedentes fiscales irregulares.
  • Fedatarios públicos deberán validar la autenticidad de documentos bajo protesta de decir verdad.

4. Plataformas digitales y servicios en línea (Art. 30-B)

  • Quienes presten servicios digitales conforme al IVA deberán otorgar acceso en línea y en tiempo real a sus sistemas para verificar cumplimiento fiscal.
  • Su incumplimiento conllevará bloqueo del servicio digital.
  • Entra en vigor el 1 de abril de 2026.

5. Facultades de comprobación fortalecidas (Art. 42, 45, 48)

  • Se autoriza el uso de herramientas tecnológicas (fotos, video, audio) en visitas domiciliarias.
  • Se refuerzan obligaciones de los contribuyentes durante los actos de fiscalización, incluyendo la identificación del consejo de administración o su equivalente.

6. Ingresos presuntos y depósitos bancarios (Art. 59 III)

  • Se presume que depósitos no registrados en contabilidad, superiores a $2,028,610 y realizados por personas no inscritas en el RFC, constituyen ingresos acumulables.

7. Infracciones y sanciones (Art. 81-84 y 113 Bis)

  • Se incrementan multas por omisiones en declaraciones y reportes.
  • Se sanciona con cárcel y reparación del daño a quienes expidan, compren o usen CFDIs falsos.
  • Plataformas digitales que publiquen anuncios de CFDIs falsos también serán sancionadas penalmente.

8. Responsabilidad penal y aduanas (Art. 103-105 y 115 Ter)

  • Se agregan nuevas conductas delictivas aduaneras, como:
    • Introducción de mercancía bajo actos simulados
    • Faltantes no justificados en almacenes fiscales
    • Permitir retiros sin pago de contribuciones
  • Se penaliza la falsificación de origen para aprovechar beneficios arancelarios.

¿Cómo te afecta esta reforma?

Si tu empresa:

  • Emite o recibe CFDI
  • Opera con servicios digitales
  • Cuenta con procesos aduaneros
  • Tiene procedimientos de fiscalización
  • Está obligada a dictamen fiscal

…esta reforma te impacta directamente.

Los nuevos criterios amplifican la vigilancia, elevan los requisitos de cumplimiento, e incrementan los riesgos de cancelación del RFC o CSD si no se corrige oportunamente cualquier irregularidad.

Es indispensable revisar tus procesos contables, aduaneros, y de emisión de CFDI cuanto antes.


Publicación oficial:

DOF 07 noviembre 2025 (Edición Vespertina)

DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación.


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