Recordatorio: NOM-070-SCFI-2016, Bebidas alcohólicas-Mezcal-Especificaciones.
A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
Se les hace un atento recordatorio, respecto a la exigencia de la Norma citada al rubro la cuál entrará en vigor el día 24 de abril de 2017.
Como es de su conocimiento la NOM-070-SCFI-2016, Establece las especificaciones que debe cumplir la bebida alcohólica destilada denominada Mezcal para su producción, envasado y comercialización.
Una vez que entre en vigor esta NOM, cancelará y sustituirá a la “NOM-070-SCFI-1994 Bebidas alcohólicas-Mezcal- Especificaciones”, vigente.” (D.O.F. 12/06/1997), que se encuentra comprendida en el Acuerdo de NOM´S.
Nota: Para mayor referencia remitirse a la circular G-0060/2017
Lo anterior se hace de su conocimiento, para que tomen las medidas necesarias en sus operaciones de comercio exterior.
RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA