DOF 11 julio 2025
Oficio 500-05-2025-17046 mediante el cual se comunica listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación
En resumen:
Fecha de entrada en vigor: Misma fecha (11 de julio de 2025)
Tipo de contribuyentes afectados: Personas físicas y morales que emitieron comprobantes fiscales sin contar con activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o entregar bienes amparados.
Tipo de operaciones afectadas: Operaciones simuladas o inexistentes — emisión de comprobantes fiscales sin sustancia económica.
Contribuyentes en listado global de presunción del artículo 69-B CFF
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), publicó el Oficio 500-05-2025-17046 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 11 de julio de 2025. Este oficio informa la actualización del listado global de presunción de contribuyentes que se encuentran en el supuesto del primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF).
Fundamento legal:
- Artículo 69-B, párrafos primero y segundo del CFF.
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 16.
- Ley del SAT y su Reglamento Interior.
- Acuerdo de delegación de facultades publicado el 23 de junio de 2016.
¿Qué implica estar en este listado?
La inclusión en este listado significa que la autoridad fiscal presume que ciertos contribuyentes emitieron comprobantes fiscales sin contar con los medios para hacerlo válidamente, es decir, sin tener los activos, personal, infraestructura o capacidad material necesaria.
A los contribuyentes enlistados se les notificó un oficio individual de presunción, el cual detalla los hechos detectados.
Derechos del contribuyente:
Los contribuyentes señalados tienen un plazo de 15 días hábiles para presentar pruebas y documentación que desvirtúe los hechos que motivaron la presunción. El cómputo del plazo inicia a partir de la última notificación conforme al artículo 135 del CFF.
De no desvirtuar los hechos, se les incluirá en el listado definitivo de contribuyentes que realizan operaciones inexistentes, que se publica en el DOF y en el portal del SAT.
Consecuencias prácticas para terceros:
Si realizas operaciones con los contribuyentes señalados en este listado, debes tener especial precaución:
- Las deducciones y acreditamientos relacionados pueden no ser válidos.
- Hay riesgos de recaracterización fiscal, multas y sanciones.
- Es importante revisar si alguno de tus proveedores aparece en este listado y actuar de inmediato.
¿Dónde consultar el listado?
El listado completo se puede consultar en el Anexo 1 del oficio 500-05-2025-17046, el cual se encuentra publicado en el Diario Oficial del 11 de julio de 2025.
Publicación oficial:
DOF 11 julio 2025
OFICIO 500-05-2025-17046 mediante el cual se comunica listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación.
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