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Publicación de los Anexos 3, 4 y 5 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026

Reglas Generales de Comercio Exterior

DOF 14 enero 2026

Anexos 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026, publicadas el 27 de diciembre de 2025.

En resumen:

Fecha de entrada en vigor: Inmediata (14 de enero de 2026)
¿A quién afecta? Empresas importadoras, exportadoras, Agentes y Agencias Aduanales, empresas IMMEX, Recintos Fiscalizados, operadores logísticos, y usuarios de programas de cumplimiento aduanero.
Fundamento Legal: Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026, artículos relacionados de la Ley Aduanera y su Reglamento.

Anexos publicados:

Anexo 3 – Aduanas con componentes tecnológicos

Establece las aduanas y secciones aduaneras que cuentan con componentes de integración tecnológica para el uso del dispositivo tecnológico (por ejemplo, TAG para despacho aduanero automatizado), conforme a los artículos 35, 36, 36-A, 37-A y 43 de la Ley Aduanera y regla 2.4.12.

Algunas de las aduanas incluidas:

  • Ciudad Juárez (Zaragoza-Isleta, San Jerónimo-Santa Teresa)
  • MatamorosCiudad ReynosaColombiaCiudad AcuñaTijuanaTecateNogalesGuadalajaraQuerétaroToluca, entre otras.

Importancia práctica:
Las operaciones en estas aduanas deben considerar el uso obligatorio del dispositivo tecnológico, con impactos directos en logística, tiempos de despacho y cumplimiento normativo.

Anexo 4 – Horarios de operación de las aduanas

Contiene el detalle de días y horarios hábiles de importación y exportación por cada aduana y sección aduanera, conforme a la regla 2.1.1 y artículos 10 y 18 de la Ley Aduanera.

Ejemplos relevantes:

  • Aduana de Tijuana: opera de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 h para importación; fines de semana solo en ciertas secciones.
  • Nuevo Laredo: una de las más relevantes, opera hasta 00:00 h en importación de lunes a viernes.
  • Veracruz y Manzanillo: incluyen horarios diferenciados para carga marítima y ferroviaria.
  • Se incluyen ferrocarriles, aeropuertos, puertos y cruces fronterizos terrestres, con horarios específicos por modalidad.

Importancia práctica:
Los horarios publicados tienen implicaciones para el planeamiento logístico, cumplimiento de plazos, programación de embarques y despacho aduanal. Cambios pueden generar costos por almacenaje, demoras o recargos.

Anexo 5 – Criterios normativos y prácticas indebidas

Contiene criterios vigentes emitidos por el SAT que aclaran la interpretación de disposiciones legales, así como prácticas indebidas identificadas por la autoridad.

Criterios Normativos destacados:

  • 1/LA/N: Valor en aduana de software e instrucciones: solo se considera el valor del soporte físico, no del contenido digital, salvo que se cumplan requisitos específicos.
  • 3/LA/N: Se desvirtúa el propósito de exención cuando se da un uso distinto al previsto en donaciones bajo el art. 61 de la Ley.
  • 6/LA/N: Contenedores importados temporalmente bajo IMMEX solo pueden transportar mercancía del mismo programa.
  • 7/LA/N: Cómputo del plazo para retorno de mercancías exportadas definitivamente comienza desde la fecha de exportación, y el incumplimiento implica IGI.

Prácticas indebidas relevantes:

  • 1/LA/PI: Incumplimiento del artículo 108 (uso indebido de vehículos con carga importada temporalmente).
  • 4/LA/PI: Declaración inexacta en pedimentos en operaciones de calzado.
  • 5/LA/PI: Abuso del régimen de recinto fiscalizado estratégico para textiles y calzado.

Importancia práctica:
Estos criterios son fundamentales para evitar criterios erróneos, sanciones y embargos precautorios, así como para diseñar estrategias de defensa ante auditorías y visitas domiciliarias.


Publicación oficial:

DOF 14 enero 2026

ANEXOS 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026, publicadas el 27 de diciembre de 2025.


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