DOF: 03/05/2023
PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-007-ARTF-2023, Sistema Ferroviario-Infraestructura-Durmientes de madera-Suministro, impregnación e inspección.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- COMUNICACIONES.- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.- Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario.EVARISTO IVÁN ÁNGELES ZERMEÑO, Titular de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Ferroviario (CCNN-TF), con fundamento en los artículos 17, 36 fraccionesVII, VIII y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, fracciones VII, VIII y IX, 4, fracción XVI, 10, fraccionesVII y XV, 24, 25, 30, 34 y 35 de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 6 Bis, fracciones I y XIX de la Ley Reglamentaria delServicio Ferroviario; 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y Segundo del Decreto por elque se crea la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, como un órgano desconcentrado de la Secretaría deComunicaciones y Transportes, y
CONSIDERANDO
Que conforme a lo dispuesto por el artículo 28, párrafos cuarto y quinto, de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, los ferrocarriles son un área prioritaria para el desarrollo nacional en términos del artículo 25 del ordenamiento enmención y que el Estado, al ejercer en ella su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación, y al otorgarconcesiones o permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las leyes dela materia.
Que el 26 de enero de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionandiversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, el cual señala en los artículos 2, fracción I y TransitorioSegundo, la creación de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, como un órgano desconcentrado de la Secretaría deComunicaciones y Transportes.
En ese sentido, la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario en su artículo 6 Bis, fracciones I, II y XVI establecen la atribuciónde la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario para determinar las características y especificaciones técnicas de las víasférreas, verificar que las mismas cumplan con las disposiciones aplicables y emitir lineamientos y disposiciones de observanciaobligatoria para los concesionarios, permisionarios y usuarios de los servicios ferroviarios.
Que con fecha 18 de agosto de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se crea la AgenciaReguladora del Transporte Ferroviario como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes(DECRETO), ahora Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
Que la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario tiene dentro de su objeto, establecido en el artículo SEGUNDO delDECRETO, el de regular la construcción, operación, conservación y mantenimiento de la infraestructura ferroviaria.
Que el durmiente es uno de los elementos más importantes de la superestructura de la vía y en conjunto con los elementos desujeción y de apoyo, por lo que es necesario que los mismos se encuentren en condiciones óptimas.
Que el durmiente debe contar con parámetros que cumplan satisfactoriamente con las funciones de mantener el escantillón dela vía, la transmisión de las cargas y los esfuerzos del riel al balasto durante su vida útil.
Que todo durmiente de madera instalado en las vías generales de comunicación de la red del Servicio Ferroviario Mexicanodebe cumplir con las características, propiedades, proceso de impregnación y condiciones de entrega, con la finalidad deconservar y mantener en condiciones seguras de operación las vías ferroviarias mexicanas, pero sobre todo de salvaguardar lavida de los tripulantes.
Que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Ferroviario (CCNN-FT), en su Primera Sesión Ordinariadel 2023 celebrada el día 22 de marzo de 2023, aprobó el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-007-ARTF-2023,Sistema ferroviario-Infraestructura-Durmientes de madera-Suministro, impregnación e inspección, a efecto de que en un plazo de60 días naturales contados a partir de su fecha de publicación, los interesados presenten sus comentarios ante el CCNN-TF,ubicado en Avenida Universidad 1738 Edificio B Planta baja, Colonia Barrio Santa Catarina, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04010,CDMX, teléfono 55-5723-9300, Ext. 73463, o bien a los correos electrónicos: artf.ccnntf@sct.gob.mx,miguel.ramirezs@sct.gob.mx y martha.zapata@sct.gob.mx, para que en los términos de la Ley de la materia se consideren en elseno del Comité que lo propuso, toda vez que la Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad a que se refiereel artículo 35 de la Ley de Infraestructura de la Calidad se encuentra en desarrollo.
En virtud de lo anterior, en cumplimiento a lo que dispone el artículo 35 fracción V y 38 de la Ley de Infraestructura de laCalidad, he tenido a bien ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Proyecto de Norma Oficial MexicanaPROY-NOM-007-ARTF-2023, Sistema ferroviario–Infraestructura–Durmientes de madera–Suministro, impregnación einspección, para que, en un plazo de 60 días naturales contados a partir de su fecha de publicación, los interesados presentensus comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Ferroviario.
Ciudad de México, a 17 de abril de 2023.- El Titular de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Ferroviario, Evaristo Iván Ángeles Zermeño.- Rúbrica.
PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-007-ARTF-2023, SISTEMA FERROVIARIO-
INFRAESTRUCTURA-DURMIENTES DE MADERA-SUMINISTRO, IMPREGNACIÓN E INSPECCIÓN
PREFACIO
La elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana es competencia del Comité Consultivo Nacional de Normalización deTransporte Ferroviario (CCNN-TF) integrado por:
· Administradora de la Vía Corta Tijuana-Tecate
· Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente
· Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario
· Asociación Mexicana de Agentes de Carga, A.C.
· Asociación Mexicana de Distribuidores de Gas Licuado y Empresas Conexas, A.C.
· Asociación Mexicana de Ferrocarriles, A.C.
· Asociación Nacional de la Industria Química, A.C.
· Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción
· Cámara Nacional de la Industria del Hierro y el Acero
· Cámara Nacional de la Industria Molinera de Trigo
· Cámara Nacional de las Industrias Azucarera y Alcoholera
· Cámara Nacional del Maíz Industrializado
· Centro Nacional para la Prevención de Desastres
· Colegio de Ingenieros Civiles de México, A.C.
· Colegio de Ingenieros Mecánicos y Electricistas, A.C.
· Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica
· Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe)
· Comisión Nacional de Hidrocarburos
· Comisión Reguladora de Energía
· Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos
· Consejo Nacional Agropecuario
· Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales
· Dirección General de Autotransporte Federal
· Dirección General de Desarrollo Ferroviario y Multimodal
· Dirección General de Servicios Técnicos
· Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V. (Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec).
· Ferrocarril Mexicano, S.A. de C.V.
· Ferrocarril Suburbano, S.A.P.I de C.V.
· Ferrosur, S.A. de C.V.
· FONATUR Tren Maya S.A. de C.V.
· Instituto Mexicano de Normalización y Certificación A.C
· Instituto Mexicano del Transporte
· Instituto Politécnico Nacional
· Kansas City Southern de México, S.A. de C.V.
· Línea Coahuila Durango, S.A. de C.V.
· Mexicana de Acreditación, MAAC, A.C.
· Organismo Nacional de Normalización y Certificación de la Construcción y Edificación, S.C.
· Procuraduría Federal del Consumidor
· Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural
· Secretaría de Economía
· Secretaría de Gobernación
· Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
· Secretaría de Salud
· Secretaría de Turismo
· Secretaría del Trabajo y Previsión Social
· Servicio de Administración Tributaria
· Sociedad Internacional de Acreditación A.C.
· Universidad Autónoma de Nuevo León
· Universidad Autónoma del Estado de México
· Universidad Nacional Autónoma de México
· Universidad Tecnológica de San Juan del Río
Con el objeto de elaborar la presente Norma Oficial Mexicana, se constituyó un Grupo de Trabajo con la participaciónvoluntaria de los siguientes actores:
· Administradora de la Vía Corta Tijuana-Tecate
· Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario
· Asociación Mexicana de Ferrocarriles, A.C.
· Cámara Nacional de la Industria Maderera
· CECIF, S.A. de C.V.
· Comisión Nacional Forestal
· Dirección General de Desarrollo Ferroviario y Multimodal
· Dirección General de Servicios Técnicos
· Entidad Mexicana de Acreditación, A.C.
· Ferrocarril Mexicano, S.A. de C.V.
· Ferrosur, S.A. de C.V.
· FONATUR Tren Maya
· Kansas City Southern de México, S.A. de C.V.
· Línea Coahuila Durango, S.A. de C.V.
· Mexicana de Acreditación, MAAC, A.C.
· Normalización y Certificación NYCE, S.C.
· Organismo Nacional de Normalización y Certificación de la Construcción y Edificación, S.C.
· SENERMEX Ingeniería y Sistemas, S.A. de C.V.
· Stella-Jones Corporation
· Sociedad Internacional de Acreditación, A.C.
· Universidad Autónoma del Estado de México
· Universidad Michoacana de San Nicolas de Hidalgo
· Vossloh Tie Technologies
ÍNDICE DE CONTENIDO
PREFACIO
ÍNDICE DE CONTENIDO
INTRODUCCIÓN
1. Objetivo, campo de aplicación y objetivo legítimo de interés público
2. Términos, definiciones y términos abreviados
3. Especificaciones
4. Suministro de la madera
5. Proceso de impregnación.
6. Inspección de durmientes de vías en operación
7. Procedimiento de Evaluación de la Conformidad (PEC)
8. Verificación y vigilancia
9. Sanción
10. Referencias a estándares para su implementación
11. Normas Internacionales y su Concordancia
12. Bibliografía
13. Apéndices
Apéndice 1
Apéndice 2
Apéndice 3
Apéndice 4
14. Clasificación
TRANSITORIOS
INTRODUCCIÓN
La necesidad de contar con un elemento que cumpla satisfactoriamente con las funciones de mantener el escantillón de la vía,la transmisión de las cargas y los esfuerzos del riel al balasto, pero además con una larga duración en condiciones óptimas,condujo a la emisión de la Norma Oficial Mexicana, que especifica las características, propiedades de la madera, proceso deimpregnación y condiciones de entrega que se deben cumplir para los durmientes de madera impregnados que sean utilizados enlas vías ferroviarias de la República Mexicana.
La presente Norma Oficial Mexicana define las condiciones y procesos que deben cumplir los durmientes de madera, comoson manufactura, impregnación, inspección, aceptación y embarque, para garantizar que el durmiente de madera impregnadoreúna las exigencias de resistencia y durabilidad requeridas para su utilización en el Sistema Ferroviario Mexicano.
1. Objetivo, campo de aplicación y objetivo legítimo de interés público
1.1. Objetivo
Esta Norma Oficial Mexicana tiene como objetivo establecer los valores de las propiedades físico-mecánicas, requisitos deimpregnación, defectos permisibles y límites que deben cumplir los durmientes de madera, para instalarse e inspeccionarse envías del Sistema Ferroviario Mexicano.
1.2. Campo de aplicación
Las especificaciones indicadas en esta Norma Oficial Mexicana son aplicables a los durmientes de madera impregnados,nacionales e importados que serán utilizados en el Sistema Ferroviario Mexicano.
1.3. Objetivos legítimos de interés público
Los objetivos legítimos de interés público que persigue esta Norma Oficial Mexicana son:
· La seguridad nacional
· La seguridad vial
2. Términos, definiciones y términos abreviados
Los términos, definiciones y términos abreviados serán los establecidos en la Ley de Infraestructura de la Calidad, la LeyReglamentaria del Servicio Ferroviario, el Reglamento del Servicio Ferroviario, y los siguientes:
2.1. Absorción
Volumen de solución preservante que ingresa a la madera, por unidad de volumen de madera realmente impregnada. Seexpresa en litros por metro cúbico (l/m3), o bien, en su equivalencia de acuerdo con el sistema inglés de unidades de medida:pounds per cubic foot–pcf (lb/ft3).
2.2. Acebolladura
También conocida como grieta anular, es la separación de las fibras de la madera entre dos anillos de crecimiento, siguiendola circunferencia de éstos.
2.3. Acreditación
Documento emitido por una Entidad de Acreditación, por el cual, se reconoce la competencia técnica y confiabilidad de unapersona moral o física para operar como Organismo de Evaluación de la Conformidad.
2.4. ARTF (Agencia)
Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario.
2.5. Albura
Parte periférica de la madera que forma el fuste del árbol, de color claro, constituida por fibras que aún mantienen su funciónde conducción. Presenta mayor contenido de humedad y susceptibilidad al bio-deterioro que el duramen.
2.6. Ancho
Dimensión transversal del durmiente que corresponde a las caras que servirán de apoyo al durmiente y a los rieles de la vía.
2.7. Aprobación
Acto por el cual la Agencia reconoce a un Organismo de Evaluación de la Conformidad que haya obtenido la Acreditación,para realizar la Evaluación de la Conformidad relacionada con las Normas Oficiales Mexicanas.
2.8. Arqueadura
Deformación que puede presentar el durmiente en dirección paralela al eje de la pieza y cuya flecha de deformación semanifiesta en una cara.
2.9. Astilladura
Separación longitudinal parcial de un grupo de fibras de la madera.
2.10. Autoclave
Contenedor o tanque de acero generalmente cilíndrico horizontal, con cierre hermético, donde se realiza la impregnación de lamadera a presiones diferentes a la atmosférica.
2.11. AWPA
American Wood Protection Association (Asociación Estadounidense de Protección de la Madera).
2.12. Barrenado
Orificio que se realiza en el durmiente para la colocación posterior de los tirafondos de anclaje del riel.
2.13. Bolsa de resina
Hueco en la madera de los pinos conteniendo resina, originado por un daño físico en el tronco del árbol.
2.14. Boultonizado
Proceso en el cual la madera en verde húmeda es colocada dentro del cilindro de impregnación, el cual, posteriormente esllenado con creosota caliente. Los maderos deberán cubrirse completamente con la creosota dejando espacio libre para larecolección del vapor de humedad. La creosota es calentada al vacío con el propósito de extraer el vapor de humedad de lascélulas.
2.15. Broca Pressler
Broca diseñada para obtener un cilindro o gusanillo de madera mediante un barreno hueco.
2.16. Carga
Lote de durmientes impregnados a un mismo tiempo en la autoclave.
2.17. Célula vacía
Proceso de impregnación en autoclave donde se aplica una presión inicial seguida de un vacío final. Se dividen en procesoLowry y proceso Rueping.
2.18. Ciclo de impregnación
Conjunto de etapas y acciones que se aplican para impregnar una carga de durmientes; lo forman las etapas de carga,llenado, presión, vacío y descarga de la madera.
2.19. Contenido de humedad
Cantidad de agua contenida en una pieza de madera, expresada en porcentaje en relación al peso de la madera anhidra.
2.20. Corteza
Capa de células, generalmente de color oscuro, que protege la madera del árbol de los agentes atmosféricos y ladeshidratación.
2.21. Creosota
Destilado del alquitrán de hulla bituminosa que se separa entre los 483 K (210 °C) y 628 K (355 °C), está formada por ácidos ybases de alquitrán. Presenta un alto poder fungicida e insecticida.
2.22. Densidad básica
Relación de la masa anhidra de una pieza de madera por unidad de volumen verde. Es la densidad que se utiliza para efectosde comparación y clasificación de las maderas.
2.23. Duramen
Porción de madera de la zona central del fuste del árbol, de color generalmente oscuro y formado por células muertas que yano realizan funciones de conducción. Es una madera poco permeable y generalmente de mayor resistencia al biodeterioro que laalbura.
2.24. Dureza Janka
Escala utilizada para medir la dureza de la madera. Es la medida de la fuerza necesaria para incrustar una pelota de 0.444pulgadas (1.12 cm) de acero a la mitad de su diámetro dentro de la madera.
2.25. Durmiente aserrado
Durmiente producido en un aserradero con sierras fijas.
2.26. Durmiente moto aserrado
Se dice del durmiente elaborado con motosierra.
2.27. Encorvadura
Deformación que puede presentar el durmiente en dirección paralela al eje de la pieza y cuya flecha de deformación semanifiesta en un canto o con respecto al peralte del mismo cuando está colocado.
2.28. Entallado
Rebaje que se realiza en una cara del durmiente donde se colocará la placa de asiento del riel.
2.29. Entidad de Acreditación
Persona moral debidamente autorizada por la Secretaría de Economía para conocer, tramitar y resolver las solicitudes deAcreditación y, en su caso, emitir las Acreditaciones a favor de aquéllos que pretendan operar como Organismos de Evaluaciónde la Conformidad.
2.30. Galerías de insectos
Orificios de uno a nueve milímetros de diámetro formados por las larvas y adultos de insectos xilófagos o insectosambrosiales.
2.31. Gema
Es la falta de madera en una de las orillas que forma el durmiente. La presentan los durmientes que son dimensionados detrozas con diámetros reducidos o de fustes cónicos.
2.32. Grieta
Se conoce también como grieta radial, es la separación parcial de las fibras que forman la madera y que no llega a afectartodo el espesor de la pieza. Generalmente siguiendo la dirección de los rayos y producidas por los esfuerzos de contraccióndurante el secado.
2.33. Hilo desviado (Hilo inclinado)
Desviación general en la dirección de las fibras de la madera respecto al eje longitudinal del durmiente.
2.34. Hoja de carga
Formato de registro de todas las variables que intervienen en un proceso y ciclo de impregnación como son: volumen demadera, características del preservante, tiempos y variables del ciclo de impregnación, así como retención final resultante.
2.35. Hongos
Organismos saprófitos que se desarrollan en la madera; pueden ser cromógenos que únicamente manchan la madera oxilófagos que ocasionan su pudrición.
2.36. Impregnación
Proceso de introducción de una solución preservante al interior de la madera.
2.37. Incisión
Orificios longitudinales realizados a la madera para aumentar el nivel de absorción y penetración de la solución preservantedurante el proceso de impregnación.
2.38. Inspección
Actividad que realiza el Personal de Servicio Ferroviario calificado, para conservar y mantener en buen estado físico las VíasFérreas, las señales, las instalaciones y sistemas de telecomunicaciones utilizados en la concesión, Asignación o permiso, asícomo del Equipo Ferroviario, en términos del Reglamento del Servicio Ferroviario.
2.39. Largo
Dimensión mayor del durmiente, en dirección paralela a la fibra.
2.40. Lowry
Método de impregnación en autoclave. Se caracteriza por aplicar una etapa de inyección del preservante a presión seguido deun vacío final. Proceso de célula vacía.
2.41. Maderas coníferas
Se refiere a las maderas procedentes de árboles de la familia de las gimnospermas, como los pinos, ahuehuete y el oyamelentre varios más. Se conocen también como maderas suaves.
2.42. Maderas latifoliadas
Se refiere a las maderas procedentes de árboles de la familia de las angiospermas o de hoja ancha como los encinos y elfresno entre muchas más. Se conocen también como maderas duras.
2.43. Madera refractaria
Madera de baja permeabilidad, difícil de impregnar y de alcanzar altos niveles de absorción durante el proceso deimpregnación.
2.44. Mancha
Alteración del color natural de la madera ocasionada por hongos cromógenos, por extractivos o por oxidación.
2.45. Nudo
Residuo de la inserción de una rama en el fuste del árbol, formado por fibras más duras, en dirección perpendicular a las del resto del fuste.
2.46. Nudo muerto
Nudo formado por el resto de una rama muerta. Nudo que no mantiene adherencia con la madera del fuste al presentar corteza a su alrededor y tiende a desprenderse durante el secado.
2.47. Nudo vivo
Nudo formado por una rama cuando esta mantenía actividad fisiológica en el árbol. Nudo fijo que mantiene continuidad de tejido con la madera del fuste.
2.48. Organismos de Evaluación de la Conformidad (OEC)
Persona moral o física que realiza el Procedimiento de Evaluación de la Conformidad en términos de la Ley de Infraestructura de la Calidad.
2.49. Penetración
Alcance de absorción o de profundidad que presenta el preservante en dirección normal a las caras del durmiente al final del proceso de impregnación.
2.50. Peralte
Dimensión del durmiente que se mide en sentido transversal desde la base o cara de apoyo y la cara donde se colocarán los rieles. Grosor o altura del durmiente.
2.51. Placa multiclavo
También conocida como placa anti-rajadura, es una lámina con clavos formados por la misma lámina que se fija en las cabezas o extremos del durmiente para reducir su tendencia al rajado durante su secado.
2.52. Preservación
Proceso de aplicación de un producto tóxico a los hongos y a los insectos xilófagos que atacan la madera para aumentar su durabilidad.
2.53. Preservante
Producto fungicida e insecticida que tiene además elevada capacidad residual, que impregnado a la madera aumenta su resistencia al biodeterioro.
2.54. Procedimiento de Evaluación de la Conformidad (PEC)
Proceso técnico que permite demostrar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en las Normas Oficiales Mexicanas. Comprende, entre otros, los procedimientos de muestreo, inspección y certificación.
2.55. Pudrición
Descomposición de la madera por la acción de las enzimas segregadas por hongos xilófagos.
2.56. Rajadura
Separación transversal de las fibras de la madera y que llega a afectar todo el espesor o grosor de la pieza. Se producen por los esfuerzos de contracción cuando se seca aceleradamente la madera.
2.57. Retención
Cantidad de preservante activo que queda en la madera al término del proceso de impregnación; se expresa en kilogramos de preservante por unidad de volumen de madera impregnada (kg/m3), o en su equivalencia de acuerdo con el sistema inglés de unidades de medida: pounds per cubic foot–pcf (lb/ft3).
2.58. Sazonado
También conocido como acondicionado. Es el término que se aplica para designar al secado parcial al que se somete la madera con el propósito de disminuir su contenido de humedad. Es un secado que involucra solamente la evaporación del agua que se ubica en los lúmenes o huecos de las fibras.
2.59. Tonga
Sinónimo de apilado o acomodo de la madera con separaciones para su proceso de secado al aire libre.
2.60. Torcedura
Desviación del eje longitudinal y del eje transversal en una pieza de madera por efecto del secado de una pieza con fibra inclinada.
2.61. Unidad de Inspección
Persona física o moral que pertenece a un OEC que realiza actos de inspección para la aplicación del PEC.
2.62. Verificación
Actividad que realizan las autoridades competentes para constatar, a través de visitas, requerimientos de información o documentación física o electrónica, que los bienes, productos, procesos y servicios cumplen o concuerdan con las Normas Oficiales Mexicanas o Estándares en términos de la Ley de Infraestructura de la Calidad.
2.63. Vigilancia
Acto por el cual las autoridades competentes revisan que las actividades de las Entidades de Acreditación y los Organismos de Evaluación de la Conformidad se realicen conforme a lo establecido en la Ley de Infraestructura de la Calidad.
2.64. Zona “A”
Área del durmiente donde se apoyarán las placas de asiento de los rieles en la vía.
3. Especificaciones
3.1. Las especificaciones que establecen las condiciones y procesos que deberán reunir los suministradores o proveedores, aserraderos, plantas impregnadoras, concesionarios, asignatarios y/o permisionarios, para garantizar que el durmiente de madera impregnado reúna las exigencias de resistencia y durabilidad.
3.2. Se denominará suministrador a la persona física o moral que comercializa la zona de reserva de aprovechamiento o aserradero, con fines de suministro de la madera.
3.3. Se denominará impregnador a la planta impregnadora, a la persona física o moral que tenga a su cargo el proceso de impregnación de durmientes.
3.4. Se denominará concesionario a la empresa concesionaria, asignataria y/o permisionaria que se encargará de la inspección, mantenimiento y demás actividades de los durmientes en las vías que tiene bajo su operación.
3.5. Se denominará laboratorio a la persona física o moral que preste los servicios de laboratorio de control de calidad.
4. Suministro de la madera
4.1. El suministrador se cerciorará de la aceptación de todas las pruebas o características de calidad requeridos en la Tabla 1, si esto no se cumple, se dará por rechazado el lote de durmientes suministrado.
4.2. Se debe demostrar, con documentación autorizada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) o la entidad correspondiente, que la madera procede de aprovechamientos forestales legales y autorizados conforme al Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable vigente.
4.3. Los durmientes deben fabricarse en lotes en un rango de 250-300 piezas. Cada proyecto debe tener su propio conjunto de lotes. Éstos deben tener una identificación particular, que los distingan entre otros lotes de otros proyectos. Los durmientes de un mismo lote deben apilarse en camas de no más de 12 pisos. Las camas de durmientes deben corresponder a un mismo modelo, con un mismo tipo de fijación y destinados a un mismo proyecto, fabricados en una misma jornada en condiciones exactamente iguales.
4.4. Dimensiones y características físicas.
4.4.1. Los durmientes serán elaborados con madera proveniente de árboles vivos y sanos. Pueden ser aserrados o moto aserrados. Sus extremos o cabezas deben formar un ángulo recto con el eje del durmiente y las caras superior e inferior deben ser paralelas entre sí. Los límites permisibles a estas especificaciones deberán cumplir obligatoriamente con lo estipulado en el inciso 4.6.
4.4.2. Las dimensiones y tolerancias permisibles a los que deberán ajustarse los durmientes de madera deben cumplir con los rangos establecidos en el Apéndice 1.
4.4.3. En un máximo del 20% de los durmientes en cualquier lote dado, se permite una sección transversal de 0.18 m x 0.23 m (7 in x 9 in), pueden ser aserrados a 0.18 m x 0.20 m (7 in x 8 in) con aristas vivas en las áreas de soporte del riel.
4.5. Especies de madera.
4.5.1. Se considerarán los dos grupos siguientes de especies de madera:
a) Maderas Coníferas (softwoods).
b) Maderas Latifoliadas (hardwoods).
4.5.2. De manera enunciativa, mas no limitativa, las especies de maderas que se aceptan para ser empleadas para durmientes de madera son las siguientes: haya, abedules, catalpa, cerezas, abeto de Douglas, olmos, abetos, encinos, almez, cicutas, nogales, alerces, arces, moras, robles, pinos, álamos, secoyas, sasafrás, piceas, sicomoros.
4.5.3. Las maderas utilizadas para la elaboración de los durmientes deben cumplir como mínimo con una
densidad básica (P/Vv)(1) como corresponde:
a) Para maderas coníferas de 390 kg/m3.
b) Para maderas latifoliadas de 570 kg/m3.
4.5.4. Las pruebas físico-mecánicas que como mínimo se deben realizar son las indicadas en la Tabla 2. En el Apéndice 2 y Apéndice 3 se muestran de manera informativa las propiedades físico-mecánicas de algunas especies mexicanas de madera, las cuales se obtuvieron a partir de ensayes de laboratorio.
4.5.5. Del 10% de cada lote se extraerán los especímenes necesarios (o sus fracciones correspondientes) que serán sometidos a las pruebas descritas en la Tabla 2. Los durmientes ensayados no podrán ser dispuestos para colocación en vía. En caso de que no se cumpla con lo anterior, se dará por rechazado el lote.
4.6. Defectos permisibles y limitantes.
4.6.1. Galerías de insectos.
Se admiten durmientes que presenten algunas perforaciones o galerías de insectos, siempre y cuando no estén presentes insectos vivos o daño activo, no se presenten en un área superior al 20% de la longitud del durmiente y siempre que dichas galerías se ubiquen en madera correctamente preservada, como se ilustra en la Figura 1.
4.6.2. Nudos.
No se aceptan durmientes que presenten nudos en la Zona “A”, la cual se ilustra en la Figura 2, cuyo diámetro (D) sea mayor a 1/3 del ancho de la superficie en la cual aparecen o varios de carácter menor que estén próximos en un área de 20 cm² y cuya suma equivalga a dicha dimensión, como se ilustra en la Figura 3 y Figura 4.