Fecha: 30/07/2015 | Asunto Boletín Núm. P057 (“Procedimiento de entrega de documentos para revisión de Cuenta Aduanera y Cuenta Aduanera de Garantía”)
“2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón.”
Se hace de conocimiento el procedimiento de revisión de la cuenta aduanera y cuenta aduanera de garantía, a fin de que la Aduana que corresponda dé el visto bueno para realizar el pago del pedimento:
· El Agente o Apoderado Aduanal o el asignado para el trámite del despacho aduanero, deberá transmitir por medio de la VUCEM la constancia de depósito, informando vía correo electrónico a la aduana que corresponda el número de e-document que identifica dicho documento, así como, el número de pedimento de importación validado, con el fin de que el área de ICG, IC o el personal de la aduana designado otorgue el visto bueno en el sistema electrónico aduanero. (El correo electrónico será el que designe cada aduana)
· Una vez que la aduana verifique la documentación correspondiente, el área de ICG, IC o el personal designado de la Aduana que se trate, dará respuesta al correo electrónico recibido, informando del visto bueno o en su caso dar a conocer las observaciones que correspondan.
· La revisión de la documentación deberá efectuarse el mismo día en que sea presentada la cuenta aduanera o cuenta aduanera de garantía para su registro en el sistema, esta acción permitirá al importador realizar el pago ante las instituciones del sistema financiero.
Aunado a lo anterior, este procedimiento no es susceptible de someterse a sanción toda vez que se trata de una facilidad administrativa, asimismo, no se impide que se presente documentalmente la información ante la aduana, en tanto los usuarios del comercio exterior tienen pleno conocimiento del mismo, así como coordinación con la autoridad aduanera.
El procedimiento mencionado en este medio informativo, ya se encuentra debidamente integrado en el Manual de Operación Aduanera (MOA).
Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.