México D.F., a 21 de Noviembre de 2019
Precisiones respecto a la devolución de gafetes únicos de identificación
A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
Hacemos de su conocimiento, la siguiente hoja informativa referente a precisiones en cuanto a la devolución de gafetes únicos de identificación:
HOJA INFORMATIVA
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CONTENIDO
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No. 33
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Con relación al procedimiento de devolución de gafetes únicos de identificación (GUI), se comunican las siguientes precisiones:
Nota: Para la devolución del GUI de agente aduanal, se deberá efectuar de manera física mediante un escrito libre en términos de la RGCE 1.2.2, dirigido al Administrador de la aduana que se trate, señalando que el CHIP o QR no puede ser leído o que no arroja información, el domicilio para oir y recibir notificaciones con correo electrónico y solicitar la reposición del GUI, una vez confirmada la falla, la aduana remitirá el GUI a la ACMA y ésta gestionará la reposición correspondiente y a más tardar en un plazo de 10 días hábiles a partir de la recepción de la solicitud de la aduana, remitirá el nuevo GUI. Así mismo,dispone que en el portal de la VUCEM, se podrá realizar la consulta de los gafetes recibidos por las aduanas para reposición y la de los gafetes que se reimprimieron por falla y que fueron enviados a las aduanas.
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Nota: En el caso del GUI dañado de agente aduanal, la devolución se deberá realizar conforme a los “Lineamientos para el trámite de Gafetes de Identificación en los recintos fiscales y fiscalizados” y si desea obtener un nuevo GUI, se deberá realizar una nueva solicitud
Para cualquier duda o aclaración, en los siguientes correos: ventanillaunica@sat.gob.mx y contactovucem@sat.gob.mx |
RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA