Patente de agente aduanal número 1759 al ciudadano Fernando Íñigo Barrenechea Naranjo, ante la aduana de Nuevo Laredo

DOF: 14/07/2017

ACUERDO mediante el cual se otorga la patente de agente aduanal número 1759 al ciudadano Fernando Íñigo Barrenechea Naranjo, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de Nuevo Laredo, como aduana de adscripción, en virtud del fallecimiento delagente aduanal Fernando Íñigo Barrenechea Torres.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Aduanas.- Administración Central de Apoyo Jurídico de Aduanas.

Acuerdo 800-02-00-00-00-2017-379
Visto el escrito recibido en esta Administración, mediante el cual el C. FERNANDO ÍÑIGO BARRENECHEA NARANJO, solicitó se le otorgara patente de Agente Aduanal, en virtud del fallecimiento del Agente Aduanal FERNANDO ÍÑIGO BARRENECHEA TORRES, titular de la patente número 411, con adscripción en la aduana de NUEVO LAREDO, y autorización número 3039, para actuar en las aduanas de CD. REYNOSA, GUADALAJARA y MANZANILLO; y considerando que el C. FERNANDO ÍÑIGO BARRENECHEA NARANJO, ha cumplido con lo que establecía el entonces resolutivo Décimo segundo,actualmente Décimo primero de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017; el Administrador Central de Apoyo Jurídico de Aduanas, con fundamento en los artículos 2, párrafo primero, apartado B, fracción II, inciso b) y párrafo segundo; 5, primer párrafo; 12, fracción II; 13, primer párrafo, fracción II; 19, fracciones XIX, XXIV, XXV y tercer párrafo, numeral 2; en relación con el artículo 20, apartado B, fracción I del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria; y 144, fracciones XXI y XXXV de la Ley Aduanera, ACUERDA: PRIMERO.- Otorgar la patente de Agente Aduanal número 1759 al C. FERNANDO ÍÑIGO BARRENECHEA NARANJO, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de NUEVO LAREDO, como aduana de adscripción, en virtud del fallecimiento del Agente Aduanal FERNANDO ÍÑIGO BARRENECHEA TORRES. SEGUNDO.- Se toma conocimiento de que el C. FERNANDO ÍÑIGO BARRENECHEA NARANJO, va a actuar en las aduanas de CD. REYNOSA, GUADALAJARA y MANZANILLO, como aduanas adicionales a la de su adscripción, mismas que tenía autorizadas el agenteaduanal del que obtiene la patente, debiendo utilizar el número de patente 1759 en el llenado de cada uno de los pedimentos que formule en las aduanas en las que actúe. TERCERO.- Notifíquese el presente acuerdo mediante oficio al C. FERNANDO ÍÑIGO BARRENECHEA NARANJO, anexando un ejemplar con firma autógrafa del mismo. TERCERO.- Gírense oficios a los administradores de las aduanas de NUEVO LAREDO, CD. REYNOSA, GUADALAJARA y MANZANILLO remitiéndoles copias simples del presente acuerdo.
Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, por una sola vez a costa del C. FERNANDO ÍÑIGO BARRENECHEA NARANJO, y surta efectos de notificación al día siguiente de su publicación.
Atentamente
Ciudad de México, 30 de junio de 2017.- El Administrador Central de Apoyo Jurídico de Aduanas, Marcoflavio Rigada Soto.- Rúbrica.