Patente de agente aduanal número 1758 al ciudadano Diego Martínez Vara y Rojas, para ejercer funciones ante la aduana de Altamira

DOF: 28/06/2017

ACUERDO mediante el cual se otorga la patente de agente aduanal número 1758 al ciudadano Diego Martínez Vara y Rojas, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de Altamira, como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario de la agenteaduanal Luz María del Carmen Rojas Díaz.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Aduanas.- Administración Central de Apoyo Jurídico de Aduanas.

Acuerdo 800-02-00-00-00-2017-306
Visto el escrito recibido en esta Administración, mediante el cual el C. DIEGO MARTÍNEZ VARA Y ROJAS, solicitó se le otorgara patente de Agente Aduanal, en virtud del retiro voluntario de la Agente Aduanal LUZ MARÍA DEL CARMEN ROJAS DÍAZ, titular de la patente número 1102 con adscripción en la aduana de ALTAMIRA, y autorización número 3500 para actuar en las aduanas de MANZANILLO, MATAMOROS y VERACRUZ; y considerando que el C. DIEGO MARTÍNEZ VARA Y ROJAS, ha cumplido con lo que establecía el entonces resolutivo Décimo segundo, actualmente Décimo primero de las Reglas Generales deComercio Exterior para 2017, y que mediante acuerdo emitido por esta Administración, se autorizó el retiro voluntario de manera definitiva e irrevocable de la Agente Aduanal LUZ MARÍA DEL CARMEN ROJAS DÍAZ a su patente; el Administrador Central de Apoyo Jurídico de Aduanas, con fundamento en los artículos 2, párrafo primero, apartado B, fracción II, inciso b) y párrafo segundo; 5, primer párrafo; 12, fracción II; 13, primer párrafo, fracción II; 19, fracciones XIX, XXIV, XXV y tercer párrafo, numeral 2; en relación con el artículo 20, apartado B, fracción I del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria; y 144,fracciones XXI y XXXV de la Ley Aduanera, ACUERDA: PRIMERO.- Otorgar la patente de Agente Aduanal número 1758 al C. DIEGO MARTÍNEZ VARA Y ROJAS, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de ALTAMIRA, como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario de la Agente Aduanal LUZ MARÍA DEL CARMEN ROJAS DÍAZ, por lo cual, a partir del día siguiente de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, será inactivada la patente 1102 así como la autorización 3500, que habían sido asignadas a la citada Agente Aduanal. SEGUNDO. – Se toma conocimiento de que el C.DIEGO MARTÍNEZ VARA Y ROJAS, va a actuar en las aduanas de MANZANILLO, MATAMOROS y VERACRUZ, como aduanas adicionales a la de su adscripción, mismas que tenía autorizadas el agente aduanal del que obtiene la patente, debiendo utilizar el número de patente 1758 en el llenado de cada uno de los pedimentos que formule en las aduanas en las que actúe. TERCERO. – Notifíquese el presente acuerdo mediante oficio a los CC. DIEGO MARTÍNEZ VARA Y ROJAS y LUZ MARÍA DEL CARMEN ROJAS DÍAZ, anexando un ejemplar con firma autógrafa del mismo. CUARTO.- Gírense oficios a los administradores de lasaduanas de ALTAMIRA, MANZANILLO, MATAMOROS y VERACRUZ, remitiéndoles copia simple del presente acuerdo.
Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, por una sola vez a costa del C. DIEGO MARTÍNEZ VARA Y ROJAS, y surta efectos de notificación al día siguiente de su publicación.
Atentamente
Ciudad de México, 1 de junio de 2017.- El Administrador Central de Apoyo Jurídico de Aduanas, Marcoflavio Rigada Soto.- Rúbrica.