Patente de agente aduanal número 1752 al ciudadano Arturo Pacheco Muñoz, para ejercer funciones ante la aduana de Veracruz

DOF: 12/05/2017

ACUERDO mediante el cual se otorga la patente de agente aduanal número 1752 al ciudadano Arturo Pacheco Muñoz, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de Veracruz, como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario del agente aduanalArturo Pacheco García.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Aduanas.- Administración Central de Apoyo Jurídico de Aduanas.

Acuerdo 800-02-00-00-00-2017-201
Visto el escrito recibido en esta Administración, mediante el cual el C. ARTURO PACHECO MUÑOZ, solicitó se le otorgara patente de Agente Aduanal, en virtud del retiro voluntario del Agente Aduanal ARTURO PACHECO GARCÍA, titular de la patente número 777, con adscripción en la aduana de VERACRUZ, y autorización número 3006 para actuar en las aduanas del AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, MANZANILLO y NUEVO LAREDO; y considerando que el C. ARTURO PACHECO MUÑOZ, ha cumplido con lo que establecía el entonces resolutivo Décimo Segundo, actualmente Décimo primero de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017, y que mediante acuerdo emitido por esta Administración, se autorizó el retiro voluntario de manera definitiva e irrevocable del Agente Aduanal ARTURO PACHECO GARCÍA a su patente; el Administrador Central de Apoyo Jurídico de Aduanas, con fundamento en los artículos 2, párrafo primero, apartado B, fracción II, inciso b) y párrafo segundo; 5, primer párrafo; 12, fracción II; 13, primer párrafo, fracción II; 19, fracciones XIX, XXIV, XXV y tercer párrafo, numeral 2; en relación con el artículo 20, apartado B, fracción I del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria; y 144, fracciones XXI y XXXV de la Ley Aduanera, ACUERDA: PRIMERO.- Otorgar la patente de Agente Aduanalnúmero 1752 al C. ARTURO PACHECO MUÑOZ, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de VERACRUZ, como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario del Agente Aduanal ARTURO PACHECO GARCÍA, por lo cual, a partir de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, será inactivada la patente 777 así como la autorización 3006, que habían sido asignadas al citado Agente Aduanal. SEGUNDO.- Se toma conocimiento de que el C. ARTURO PACHECO MUÑOZ, va a actuar en las aduanas del AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, MANZANILLO y NUEVO LAREDO, como aduanas adicionales a la de su adscripción, mismas que tenía autorizadas el agente aduanal del que obtiene la patente, debiendo utilizar el número de patente 1752 en el llenado de cada uno de los pedimentos que formule en las aduanas en las que actúe. TERCERO.- Notifíquese el presente acuerdo mediante oficio a los CC. ARTURO PACHECO MUÑOZ y ARTURO PACHECO GARCÍA, anexando un ejemplar con firma autógrafa del mismo. CUARTO.- Gírense oficios a los administradores de las aduanas de VERACRUZ, AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, MANZANILLO y NUEVO LAREDO, remitiéndoles copia simple del presente acuerdo.
Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, por una sola vez a costa del C. ARTURO PACHECO MUÑOZ, ysurta efectos de notificación.
Atentamente
Ciudad de México, a 20 de abril de 2017.- El Administrador Central de Apoyo Jurídico de Aduanas, Marcoflavio Rigada Soto.- Rúbrica.