DOF: 12/04/2017
ACUERDO mediante el cual se otorga la patente de Agente Aduanal número 1750 al ciudadano Emmanuel Georges Olivier Dutoit Escamilla, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de Nuevo Laredo, como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario de la agente aduanal Nidia Thelma Hernández Díaz.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Aduanas.- Administración Central de Apoyo Jurídico de Aduanas.
Acuerdo 800-02-00-00-00-2017-147
Visto el escrito recibido en esta Administración, mediante el cual el C. EMMANUEL GEORGES OLIVIER DUTOIT ESCAMILLA, solicitó se le otorgara patente de Agente Aduanal, en virtud del retiro voluntario de la Agente Aduanal NIDIA THELMA HERNÁNDEZ DÍAZ, titular de la patente número 1545, con adscripción en la aduana de NUEVO LAREDO, y autorización número 3914 para actuar en las aduanas del AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, COLOMBIA y QUERÉTARO; y considerando que el C. EMMANUEL GEORGES OLIVIER DUTOIT ESCAMILLA, ha cumplido con lo que establecía el entonces resolutivo Décimo segundo, actualmente Décimo primero de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017, y que mediante acuerdo emitido por esta Administración, se autorizó el retiro voluntario de manera definitiva e irrevocable del Agente Aduanal NIDIA THELMA HERNÁNDEZ DÍAZ a su patente; el Administrador Central de Apoyo Jurídico de Aduanas, con fundamento en los artículos 2, párrafo primero, apartado B, fracción II, inciso b) y párrafo segundo; 5, primer párrafo; 12, fracción II; 13, primer párrafo, fracción II; 19, fracciones XIX, XXIV, XXV y tercer párrafo, numeral 2; en relación con el artículo 20, apartado B, fracción I del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria; y 144, fracciones XXI y XXXVde la Ley Aduanera, ACUERDA: PRIMERO.- Otorgar la patente de Agente Aduanal número 1750 al C. EMMANUEL GEORGES OLIVIER DUTOIT ESCAMILLA, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de NUEVO LAREDO, como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario del Agente Aduanal NIDIA THELMA HERNÁNDEZ DÍAZ, por lo cual, a partir de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, será inactivada la patente 1545, así como la autorización 3914, que habían sido asignadas a la Citada Agente Aduanal. SEGUNDO.- Se toma conocimiento de que el C. EMMANUELGEORGES OLIVIER DUTOIT ESCAMILLA, va actuar en las Aduanas del AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, COLOMBIA y QUERÉTARO, como aduanas adicionales a la de su adscripción, mismas que tenía autorizadas la agente aduanal de la que obtiene la patente, debiendo utilizar el número de patente 1750 en el llenado de cada uno de los pedimentos que formule en las aduanas en las que actúe. TERCERO.- Notifíquese el presente acuerdo mediante oficio a los CC. EMMANUEL GEORGES OLIVIER DUTOIT ESCAMILLA y NIDIA THELMA HERNÁNDEZ DÍAZ, anexando un ejemplar con firma autógrafa delmismo. CUARTO.- Gírense oficios a los administradores de las aduanas de NUEVO LAREDO, AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, COLOMBIA y QUERÉTARO, remitiéndoles copia simple del presente acuerdo.
Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, por una sola vez a costa del C. EMMANUEL GEORGES OLIVIER DUTOIT ESCAMILLA, y surta efectos de notificación.
Atentamente
Ciudad de México, 29 de marzo de 2017.- El Administrador Central de Apoyo Jurídico de Aduanas, Marcoflavio Rigada Soto.- Rúbrica.