Oficio 500-05-2019-22245 Listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B del CFF vigente hasta el 24/07/2018

DOF: 26/08/2019

OFICIO 500-05-2019-22245 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, publicado el 25 de junio de 2018 o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento y una vez resuelto el mismo el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.

Oficio Número: 500-05-2019-22245
Asunto:     Se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del CFF vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del “DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018 o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento y una vez resuelto el mismo el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto.
Esta Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e) y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación eldía 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; en los artículos 33, último párrafo, 63 y 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del “DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018, le comunica lo siguiente:
Que los contribuyentes que se enlistan a continuación, en su momento, les fue notificado un Oficio de Presunción de inexistencia de operaciones amparadas con determinados comprobantes fiscales que emitieron, ello de conformidad con los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del “DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018, en relación con el artículo 69 de su Reglamento.
Seguido el procedimiento previsto en el referido artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del “DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018 y en términos del tercer párrafo del referido artículo, a los contribuyentes de referencia se les notificó la resolución definitiva como se indica a continuación:
Notificación al contribuyente del oficio de la RESOLUCIÓN DEFINITIVA.
R.F.C.
Nombre del
Contribuyente
Medio de notificación al contribuyente
Número y
fecha de oficio
de resolución.
Estrados de la autoridad
Notificación Personal
Notificación por buzón tributario
Fecha de
fijación en
los estrados
de la
Autoridad
Fiscal
Fecha en que
surtió efectos la
notificación
Fecha de
notificación
Fecha en que
surtió efectos la
notificación
Fecha de
notificación
Fecha en que
surtió efectos la
notificación
1
AAPL7807224T7
ALBAVERA
PORCAYO JOSE
LUIS
500-28-00-04-
00-2018-02966
de fecha 22 de
mayo de 2018
24 de mayo de
2018
25 de mayo de
2018
2
ACG1108183I5
AUGE Y
CRECIMIENTO
GLOBAL EN
CUENTAS S.A. DE
C.V.
500-05-2015-
31391 de fecha
22 de
septiembre de
2015
26 de
octubre de
2015
19 de noviembre
de 2015
3
ACA120505CX0
ADMINISTRADORA
LA CADENA S.A. DE
C.V.
500-24-00-07-
01-2017-12384
de fecha 26 de
septiembre de
2017
19 de
octubre de
2017
14 de noviembre
de 2017
4
BBP150113P6A
BLUX BUSINESS
PROJECTS, S.A DE
C.V.
500-54-00-05-
03-2017-3165
de fecha 22 de
junio de 2017
14 de julio de
2017
31 de julio de
2017
5
JAC080707GU5
JJ & CYP
INMOBILIARIA, S.A.
DE C.V.
500-05-2018-
27087 de fecha
20 de
septiembre de
2018
25 de septiembre
de 2018
26 de septiembre
de 2018
6
LIN1305082H2
LOGÍSTICA
INTERAT, S.A. DE
C.V.
500-09-00-04-
02-2017-05165
de fecha 27 de
noviembre de
2017
20 de diciembre
de 2017
21 de diciembre
de 2017
7
RIO140320I76
RIOPLAN, S.A.P.I.
DE C.V.
500-05-2017-
38706 de fecha
17 de
noviembre de
2017
24 de noviembre
de 2017
27 de noviembre
de 2017
8
SFL090930199
SERVICIOS
FLEXISTAFF S.A. DE
C.V.
500-05-2015-
18153 de fecha
20 de mayo de
2015
07 de julio de
2015
30 de julio de
2015
9
TAE090504MT7
TECNOLOGIA Y
ADMINISTRACION
ESPECIALIZADA
INT, S.A. DE C.V.
500-32-00-05-
05-2017-17490
de fecha 08 de
junio de 2017
10 de julio de
2017
16 de agosto de
2017
10
VGM050909KJ7
VERSI GROUP DE
MÉXICO, S.A. DE
C.V.
500-46-00-07-
01-2017-8378
de fecha 06 de
marzo de 2017
10 de marzo de
2017
13 de marzo de
2017
Por lo anterior, el nombre de los contribuyentes a los que se les notificó la citada resolución fueron agregados al listado a que se refiere el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del “DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, como a continuación se indica:
R.F.C.
Nombre del Contribuyente
Número y fecha de oficio que contiene en
Listado Global Definitivo
Fecha de publicación en el
Diario Oficial de la Federación
1
AAPL7807224T7
ALBAVERA PORCAYO JOSE LUIS
500-05-2018-20842 de fecha 12 de julio de 2018
21 de agosto de 2018
2
ACG1108183I5
AUGE Y CRECIMIENTO GLOBAL EN CUENTAS S.A. DE C.V.
500-05-2016-6334 de fecha 16 de febrero de 2016
25 de febrero de 2016
3
ACA120505CX0
ADMINISTRADORA LA CADENA S.A. DE C.V.
Este contribuyente no fue publicado en Listados Definitivos.
4
BBP150113P6A
BLUX BUSINESS PROJECTS, S.A DE C.V.
500-05-2018-22861 de fecha 27 de agosto de
2018
08 de octubre de 2018
5
JAC080707GU5
JJ & CYP INMOBILIARIA, S.A. DE C.V.
500-05-2018-32751 de fecha 22 de noviembre de
2018
31 de diciembre de 2018
6
LIN1305082H2
LOGÍSTICA INTERAT, S.A. DE C.V.
500-05-2018-8116 de fecha 27 de febrero de 2018
13 de marzo de 2018
7
RIO140320I76
RIOPLAN, S.A.P.I. DE C.V.
500-05-2018-572 de fecha 26 de enero de 2018
26 de febrero de 2018
8
SFL090930199
SERVICIOS FLEXISTAFF S.A. DE C.V.
500-05-2015-33951 de fecha 23 de octubre de
2015
05 de noviembre de 2015
9
TAE090504MT7
TECNOLOGIA Y ADMINISTRACION ESPECIALIZADA INT, S.A.
DE C.V.
500-05-2017-38611 de fecha 26 de octubre de
2017
21 de noviembre de 2017
10
VGM050909KJ7
VERSI GROUP DE MÉXICO, S.A. DE C.V.
500-05-2017-16088 de fecha 16 de mayo de 2017
29 de mayo de 2017
Inconforme con el oficio individual de presunción u oficio de resolución definitiva, interpusieron medios de defensa de los cuales se concluye con la siguiente resolución o sentencia:
R.F.C.
Nombre del Contribuyente
Medio de defensa
Fecha de la
Resolución o
sentencia firme
Autoridad que resolvió
Sentido y/ o efecto de la resolución o
sentencia firme
1
AAPL7807224T7
ALBAVERA PORCAYO JOSE
LUIS
Juicio de Nulidad 1067/18-
14-01-6
29 de octubre de
2018
Sala Regional del
Pacifico del Tribunal
Federal de Justicia
Administrativa
Se declara la nulidad de la resolución
consistente en el oficio número 500-28-
00-04-00-2018-02966 de fecha 22 de
mayo de 2018, emitido por la
Administración Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de Guerrero “2”.
2
ACG1108183I5
AUGE Y CRECIMIENTO GLOBAL
EN CUENTAS S.A. DE C.V.
Juicio de Nulidad 1621/17-
07-03-1
08 de marzo de
2019
Tercera Sala Regional
Occidente del Tribunal
Federal de Justicia
Administrativa
Se declara la nulidad de la resolución
consistente en el oficio número 500-05-
2015-31391 de fecha 22 de septiembre
de 2015, emitido por la Administración
Central de Fiscalización Estratégica.
3
ACA120505CX0
ADMINISTRADORA LA CADENA
S.A. DE C.V.
Juicio de Nulidad 2772/18-
10-01-5-OT
06 de diciembre de
2018
Sala Regional Centro III
del Tribunal Federal de
Justicia Administrativa
Se declara la nulidad de la resolución
consistente en el oficio número 600-24-
00-02-00-2018-0844 de fecha 09 de abril
de 2018, emitido por la Administración
Desconcentrada Jurídica de Guanajuato
“1”.
4
BBP150113P6A
BLUX BUSINESS PROJECTS,
S.A DE C.V.
Juicio de Nulidad 2644/17-
02-01-3
23 de abril de 2018
Sala Regional del
Noroeste II del Tribunal
Federal de Justicia
Administrativa
Se declara la nulidad de la resolución
consistente en el oficio número 600-54-
00-01-2017-3014 de fecha 18 de octubre
de 2017, emitido por la Administración
Desconcentrada Jurídica de Sonora “1”.
5
JAC080707GU5
JJ & CYP INMOBILIARIA, S.A. DE
C.V.
Recurso de Revocación
RRL2018011021
30 de abril de 2019
Administración
Desconcentrada Jurídica
de San Luis Potosí “1”
Se deja insubsistente la resolución
contenida en el oficio 500-05-2018-27087
de fecha 20 de septiembre de 2018,
emitida por la Administración Central de
Fiscalización Estratégica
6
LIN1305082H2
LOGÍSTICA INTERAT, S.A. DE
C.V.
Juicio de Nulidad 447/17-
01-02-7 y acumulado 669/
18-01-01-7
05 de septiembre
de 2018
Segunda Sala Regional
del Noroeste I del
Tribunal Federal de
Justicia Administrativa
Se declara la nulidad de la resolución
consistente en el oficio número 500-09-
00-04-02-2017-05165 de fecha 27 de
noviembre de 2017, emitido por la
Administración Desconcentrada de
Auditoria Fiscal de Baja California “1”.
7
RIO140320I76
RIOPLAN, S.A.P.I. DE C.V.
Juicio de Nulidad 18/2091-
24-01-03-09-OL
14 de marzo de
2019
Sala Especializada en
Juicio en Línea del
Tribunal Federal de
Justicia Administrativa
Se declara la nulidad de la resolución
consistente en el oficio número 600-32-
2018-04589 de fecha 05 de julio de 2018,
emitido por la Administración
Desconcentrada Jurídica de Jalisco “3”.
8
SFL090930199
SERVICIOS FLEXISTAFF S.A.
DE C.V.
Juicio de Nulidad 5607/18-
06-02-5
01 de abril de 2019
Segunda Sala Regional
del Noreste del Tribunal
Federal de Justicia
Administrativa
Se declara la nulidad de la resolución
consistente en el oficio número 500-05-
2015-18153 de fecha 20 de mayo de
2015, emitido por la Administración
Central de Fiscalización Estratégica.
9
TAE090504MT7
TECNOLOGIA Y
ADMINISTRACION
ESPECIALIZADA INT, S.A. DE
C.V.
Juicio de Nulidad 1683/17-
14-01-4
07 de marzo de
2019
Sala Regional del
Pacífico del Tribunal
Federal de Justicia
Administrativa
Se declara la nulidad de la resolución
consistente en el oficio número 500-32-
00-05-05-2017-17490 de fecha 08 de
junio de 2017, emitido por la
Administración Desconcentrada de
Auditoria Fiscal de Jalisco “3”.
10
VGM050909KJ7
VERSI GROUP DE MÉXICO, S.A.
DE C.V.
Juicio de Nulidad 2349/17-
12-02-6
19 de marzo de
2019
Segunda Sala Regional
del Oriente del Tribunal
Federal de Justicia
Administrativa
Se declara la nulidad de la resolución
consistente en el oficio número 500-46-
00-07-01-2017-8378 de fecha 06 de
marzo de 2017, emitido por la
Administración Desconcentrada de
Auditoria Fiscal de Puebla “2”.
En virtud de lo antes expuesto, se informa que como consecuencia de los medios de defensa señalados en el párrafo que precede, el procedimiento del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del “DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018, ha quedado sin efectos.
Finalmente se informa que el hecho de que los contribuyentes antes señalados hayan obtenido una resolución favorable en contra del oficios de presunción y/o de resolución definitiva, no les exime de la responsabilidad que tengan respecto de otros comprobantes fiscales que hayan emitido sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que ampararon tales comprobantes, por lo cual, se dejan a salvo las facultades de la autoridad fiscal.
Atentamente.
Ciudad de México a, 12 de julio de 2019.- En suplencia por ausencia de la Administradora Central de Fiscalización Estratégica, del Coordinador de Fiscalización Estratégica y del Administrador de Fiscalización Estratégica “1”, “2”, “3”, “4”, “5” Y “6” con fundamento en los artículos 4, cuarto párrafo, y 22, último párrafo, numeral 5 inciso h), del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente, Firma: La Administradora de Fiscalización Estratégica “7”, Cintia Aidee Jauregui Serratos.- Rúbrica.