NOM Documento de transporte de mercancías peligrosas

Transporte de mercancías

DOF 27 de mayo 2024

NORMA Oficial Mexicana NOM-043-SCT-SEMAR-ARTF-2023, Documento de transporte de mercancías peligrosas.

En resumen:

Objetivo:
Establecer la información necesaria en el Documento de Transporte para identificar y declarar mercancías peligrosas durante su transporte.

Aplicación:
Obligatorio para expedidores, transportistas y destinatarios de mercancías peligrosas por vías terrestres, aéreas y marítimas en México.

Especificaciones Clave:

Información Requerida:

  • Datos del expedidor y destinatario, descripción de mercancías (número ONU, designación oficial, clase de peligro), y cantidad total.

Declaración del Expedidor:

  • Afirmar que las mercancías están adecuadamente clasificadas, embaladas y etiquetadas conforme a las normas.

Formato del Documento:

  • Puede ser en papel o electrónico y debe contener toda la información necesaria.

Certificado de Arrumazón:

  • Necesario para el transporte marítimo, certificando que las mercancías están correctamente embaladas.

    Vigencia:

    • Entrará en vigor 180 días después de su publicación.

    Transitorios:

    • Sustituye la NOM-043-SCT-2003 y elimina algunas obligaciones administrativas en unidades de verificación.

    Publicación oficial:

    DOF 27 de mayo 2024

    NORMA Oficial Mexicana NOM-043-SCT-SEMAR-ARTF-2023, Documento de transporte de mercancías peligrosas.


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