Modifican Título de Concesión Portuaria en Acapulco para Incorporar Nuevas Áreas Estratégicas

DOF 11 junio 2025

Primera Modificación al Título de Concesión para la administración portuaria integral de áreas y bienes en el Recinto Portuario de Acapulco, en el Puerto de Acapulco y Puerto Marqués y áreas marítimas todos localizados en el Estado de Guerrero, otorgada por la Secretaría de Marina a favor de la Administración del Sistema Portuario Nacional Acapulco, S.A. de C.V.

En resumen:

Entrada en vigor: 03 de abril de 2025 (fecha de firma del instrumento)
Tipo de contribuyentes u operaciones afectadas: Empresas e inversionistas del sector portuario, operadores logísticos, autoridades marítimas, desarrolladores de infraestructura portuaria y servicios conexos.

El Diario Oficial de la Federación publicó el 11 de junio de 2025 la Primera Modificación al Título de Concesión otorgado a la Administración del Sistema Portuario Nacional Acapulco, S.A. de C.V., en adelante La Concesionaria, por parte de la Secretaría de Marina, para la administración portuaria integral de áreas adicionales en Acapulco y Puerto Marqués, Guerrero.

Fundamento Legal:

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 8, 27, 28, 90.
  • Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
  • Ley de Puertos.
  • Ley General de Bienes Nacionales.
  • Ley Federal del Mar.
  • Ley de Navegación y Comercio Marítimos.
  • Reglamento Interior de la Secretaría de Marina.
  • Título de Concesión original publicado el 12 de octubre de 2023.

Temas Modificados y Fundamento

Objeto de la modificación:
Incorporación de nuevas superficies al Título de Concesión:

  • 2,611.002 m² (Parque Heroica Escuela Naval Militar)
  • 4,769.092 m² (Terreno en breña – Puerto Acapulco)
  • 90,631.043 m² (Marina Majahua – Puerto Marqués)
  • 21,674.184 m² (Muelle Público Puerto Marqués)
  • 41,656.622 m² (Bahía de Puerto Marqués)

Planos aprobados:
ASIPONA-ACP-POL-AGU01, ASIPONA-ACP-POL-AGU-02 y ASIPONA-ACP-PM-01.

1. Extensión territorial de la concesión

Se amplía significativamente el alcance físico de la Concesionaria, habilitándola para el uso, administración y desarrollo de más de 161,000 m² adicionales en zonas marítimas estratégicas del litoral guerrerense.

2. Obligaciones jurídicas y administrativas

La concesionaria deberá:

  • Regularizar jurídicamente áreas irregulares.
  • Celebrar contratos de cesión parcial en áreas ya concesionadas, en un plazo de 60 días naturales.
  • Ajustar pagos, seguros y garantías conforme al nuevo volumen y naturaleza de los activos.
  • Publicar a su costa la modificación en DOF (máx. 120 días).
  • Inscribir la modificación en el Registro Público de la Propiedad Federal (máx. 90 días).

3. Compatibilidad con el marco internacional

Se exige cumplimiento con:

  • Convenio SOLAS (Seguridad de la vida humana en el mar)
  • Convenio MARPOL (Prevención de contaminación por buques)
  • Código PBIP (Protección de Buques e Instalaciones Portuarias)

4. Modificación de programas de desarrollo

Se requiere actualización de:

  • Programa Maestro de Desarrollo Portuario
  • Programa Operativo Anual
  • Reglas de operación (máx. 90 días)

Conclusiones

Esta modificación representa una expansión estratégica para la operación portuaria en Guerrero, consolidando a la ASIPONA Acapulco como una plataforma clave para el desarrollo logístico, turístico y comercial de la región.

Es indispensable que los concesionarios secundarios, autoridades locales, operadores logísticos y empresas relacionadas con servicios portuarios tomen nota de estas nuevas delimitaciones y regulaciones para adecuar su operación y asegurar el cumplimiento normativo.


Publicación oficial:

DOF 11 junio 2025

PRIMERA Modificación al Título de Concesión para la administración portuaria integral de áreas y bienes en el Recinto Portuario de Acapulco, en el Puerto de Acapulco y Puerto Marqués y áreas marítimas todos localizados en el Estado de Guerrero, otorgada por la Secretaría de Marina a favor de la Administración del Sistema Portuario Nacional Acapulco, S.A. de C.V.


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