Modificación en el trámite de Registros de Productos Elegibles (RPE) para certificados ALADI en VUCEM

Boletín: B. SNICE 006/2021

Asunto: Modificación en el trámite de

RPE para certificados ALADI en VUCEM

Ciudad de México, a 13 de abril de 2021.

Simplificación en la captura de nuevas solicitudes de Registros de Productos Elegibles en VUCEM para certificados de Origen ALADI

Con la finalidad de reducir requisitos y facilitar el trámite de Registro de Productos Elegibles para la obtención de certificados de origen ALADI en VUCEM para los AAP.CE No 6 México- Argentina, AAP.CE No 51 México-Cuba, AAP.CE No 53 México- Brasil, AAP.CE No 55 México-MERCOSUR y AR.PAR No 4; a partir del lunes 19 de abril de 2021 ya no se requerirá capturar la clasificación de las mercancías conforme a la NALADI y cada una de las versiones de la NALADISA, únicamente deberá declararse la NALADI o NALADISA que corresponde a la nomenclatura en la que fue negociado el Acuerdo para el que se realice la solicitud de RPE.

Considera lo siguiente:

  1. Si un Acuerdo está negociado en dos nomenclaturas, deberás proporcionar ambas.
  2. Si solicitas tu Registro de Productos Elegibles para más de un Acuerdo a la vez, deberás proporcionar las fracciones conforme a la nomenclatura aplicable a cada Acuerdo para el que requieres tu registro.

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