Mercancías que no estarán sujetas al cumplimiento de la NOM-001-SCFI-1993, NOM-003-SCFI-2014 en su punto de entrada al país

0.B8
G-0094/2019
México D.F., a 14 de Mayo de 2019

Mercancías que no estaran sujetas al cumplimiento de la NOM-001-SCFI-1993, NOM-003-SCFI-2014 en su punto de entrada al país.
A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

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Hacemos de su conocimiento que el 08/05/2019, la Secretaria de Economía dio a conocer el Oficio No. 414.2019.1656 referente a las modificaciones del Anexo 2.4.1, en especifico el numeral 1, donde se encuentran las mercancías sujetas al cumplimiento de NOM’s en el punto de entrada al país, entre otras se encuentran las siguientes fracciones arancelarias:

Fracción arancelaria
Descripción
NOM(s)
8414.90.99
Los demás
NOM-003-SCFI-2014
9503.00.30
Partes y accesorios de muñecas y muñecos que representen solamente seres humanos, excepto lo comprendido en las fracciones 9503.00.28 y 9503.00.29

NOM-001-SCFI-1993

Al respecto la Secretaria de Economía (SE) analizo las fracciones arancelarias anteriormente señaladas, así como el campo de aplicación de las propias NOM’s, de lo cual se desprenden las siguientes precisiones:

  • Para la fracción arancelaria 8414.90.99 (las demás partes de bomba de aire o de vacío, compresores de aire u otros gases y ventiladores; campanas aspirantes para extracción o reciclado con ventilador incorporado incluso con filtro), no se debe de cumplir con la certificación de la NOM-003-SCFI-2014, ya que las partes no son susceptible de certificación.

Así mismo señala que los purificadores de ambiente de acuerdo a su acotación están sujetos al cumplimiento de la NOM-003-SCFI-2014, mercancía que corresponde a un producto final que debe de clasificarse en una fracción arancelaria diferente.

  • Para la fracción 9503.00.30 (partes y accesorios de muñecas y muñecos que representan solamente seres humanos), no debe de cumplir con la NOM-001-SCFI-1993, ya que se considera que las partes y accesorios no caen dentro del objetivo y campo de aplicación de la citada NOM.

Para mayor referencia se adjunta el Oficio No. 414.2019.1656.

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Cualquier duda o comentario favor de contactar a la Dirección Operativa.

 

ATENTAMENTE

RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA