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Listado Global Definitivo – Artículo 69-B CFF

DOF 12 diciembre 2025

OFICIO 500-05-2025-35909 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación.

En resumen:

Fecha de entrada en vigor: Misma fecha (efecto legal inmediato)
Tipo de contribuyentes afectados: Empresas y personas físicas señaladas como emisores de facturas sin operaciones reales (EFOS)
Tipo de operaciones afectadas: Emisión y deducción de comprobantes fiscales sin sustento operativo

Listado Global Definitivo de EFOS – Art. 69-B CFF

Antecedentes y fundamento legal

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del SAT, publicó el Oficio 500-05-2025-35909, en cumplimiento del cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF). Este artículo establece el procedimiento para declarar de manera definitiva a los contribuyentes que simulan operaciones a través de la emisión de comprobantes fiscales sin contar con activos, personal o infraestructura necesarios.

Fundamento legal: Art. 69-B del CFF, Art. 69 del Reglamento del CFF, Art. 135 del CFF.

¿Qué se publicó?

  • Se actualiza y publica el listado global definitivo de contribuyentes que:
    • Fueron objeto de un oficio de presunción individual.
    • No presentaron pruebas ni documentación para desvirtuar los hechos.
    • Se resolvió su situación de forma definitiva como emisores de comprobantes fiscales sin sustancia económica.
    • Se publica su nombre, denominación o razón social en el portal del SAT y en el DOF.

Efectos fiscales:

  • Los comprobantes fiscales emitidos por estos contribuyentes no producen ni produjeron efectos fiscales.
  • Lo anterior aplica de manera general para todos los contribuyentes que hayan utilizado dichos CFDI’s.
  • Las empresas que hayan deducido o acreditado operaciones con estas personas deberán corregir su situación fiscaly podrían ser sujetas a revisiones, créditos fiscales o sanciones.

Listado de contribuyentes incluidos

El anexo del oficio presenta un total de 39 contribuyentes —personas físicas y morales— cuyos nombres y RFC fueron incluidos tras no aportar elementos que desvirtuaran la presunción. Ejemplos destacados:

  • AEROSERVICIOS DINÁMICOS, S.A. DE C.V.
  • MGR INNOVACIÓN Y MARKETING DE MÉXICO, S. DE R.L. DE C.V.
  • TELEVIRTUAL, S.A. DE C.V.
  • RECICLADORA DE TRANSPORTES COMERCIALES, S.A. DE C.V.
  • Entre otros (ver Anexo 1 completo en el DOF o en el sitio del SAT).

¿A quién afecta esta publicación?

  • contribuyentes que hayan recibido comprobantes fiscales de los listados.
  • empresas que hayan deducido operaciones con estos proveedores.
  • clientes y proveedores que operan con cadenas de suministro o prestación de servicios donde intervienen contribuyentes listados.

Recomendaciones prácticas

  1. Revisar con urgencia si alguno de los RFC listados fue proveedor de tu empresa.
  2. Si detectas operaciones con estos contribuyentes:
    • Considerar presentar declaraciones complementarias.
    • Evaluar la posibilidad de autocorrección fiscal.
    • Documentar cualquier acción tomada ante el SAT para reducir riesgos.
  3. Prevenir: Reforzar el proceso de validación de proveedores mediante revisiones periódicas al listado 69-B.

Publicación oficial:

DOF 12 diciembre 2025

OFICIO 500-05-2025-35909 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación.


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