DOF 04 abril 2025
Oficio 500-05-2025-5849 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que desvirtuaron la presunción de inexistencia de operaciones prevista en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación
En resumen:
SAT reconoce a empresa que desvirtuó la presunción de operaciones inexistentes
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en el Diario Oficial de la Federación del 4 de abril de 2025 el Oficio 500-05-2025-5849, donde comunica que la empresa Value Orientated Services VOS, S.A. de C.V., logró desvirtuar la presunción de inexistencia de operaciones prevista en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
¿Qué significa esto?
Cuando el SAT detecta que una empresa podría estar emitiendo comprobantes fiscales sin contar con activos, personal o infraestructura para realizar las operaciones que respalda, puede presumir que esas operaciones son ficticias. Sin embargo, la empresa tiene derecho a defenderse aportando pruebas que desvirtúen dicha presunción.
El caso de VOS, S.A. de C.V.
- Empresa: Value Orientated Services VOS, S.A. de C.V.
- RFC: VOS120614SR6
- Ubicación: Monterrey, Nuevo León
- Actividad: Otros intermediarios de comercio al por mayor
- Motivo original del procedimiento: Ausencia de activos y personal
- Resultado: Tras un juicio, la empresa logró revertir la resolución del SAT.
Juicio a favor del contribuyente
La resolución fue anulada totalmente por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Se ordenó al SAT reconocer públicamente que la empresa sí demostró la existencia de las operaciones señaladas y realizar las publicaciones correspondientes en:
- El sitio web del SAT
- El Diario Oficial de la Federación
Importante aclaración del SAT
El SAT subraya que la resolución aplica solo a los comprobantes fiscales señalados en el procedimiento original, y la autoridad conserva sus facultades para revisar otros comprobantes que pueda haber emitido la empresa.
Reflexión final
Este caso nos recuerda la importancia de contar con la documentación adecuada para respaldar nuestras operaciones fiscales. Si una empresa enfrenta una presunción de operaciones inexistentes, tiene derecho a defenderse, y este ejemplo demuestra que sí es posible ganar si se tienen los elementos correctos.
Publicación oficial:
DOF 04 abril 2025
OFICIO 500-05-2025-5849 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que desvirtuaron la presunción de inexistencia de operaciones prevista en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
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