En el Incoterm DDP el vendedor entrega la mercancía, sin descargar del medio de transporte utilizado, en las instalaciones del comprador o en algún punto interior del país del comprador. La transmisión de riesgos en el transporte se produce en el mismo lugar en el que se entrega la mercancía.
Este Incoterm es el reverso de EXW, es decir, representa la mayor obligación para el vendedor ya que asume todos los costes y riesgos de la operación, incluyendo los trámites de importación, hasta entregar la mercancía en el lugar acordado, en el país del comprador. El único coste que no asume el vendedor es la descarga de la mercancía en el lugar de entrega.
Asimismo cualquier impuesto sobre la importación (incluyendo el IVA) es por cuenta del vendedor, excepto si las partes acuerdan en el contrato de compraventa que sea por cuenta del comprador. En ese caso debe utilizarse una variante de DDP, conocida como «DDP IVA no pagado» («DDP VAT unpaid»).
La única diferencia que tiene DDP con DAP es que en DDP todos los costes e impuestos del despacho de importación son por cuenta del vendedor, mientras que en DAP son por cuenta del comprador. En el caso de que el vendedor no tenga capacidad, por sus propios medios o través de representantes, para realizar el despacho de importación debe utilizarse el Incoterm DAP.
Cuando entre dos países no hay aduanas (p. ej. en la Unión Europea) no debe utilizarse DDP sino DAP ya que no será necesario realizar el despacho de importación.
Fuente: Global Negotiator
Muy Importante El Recordatorio,
Que Nos Mantiene Siempre Vigentes.
Gracias Y Felicidades por esa Información.