Impuesto general de importación para región fronteriza y franja fronteriza norte

DOF 30 de septiembre 2024 (Versión Vespertina)

Decreto por el que se modifica el diverso por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte

En resumen:

Objetivo del decreto:

  • Modificar el decreto previamente publicado en 2008, que establece el impuesto general de importación para las mercancías en la región fronteriza y la franja fronteriza norte de México.

Justificación:

  • El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 incluye la reactivación económica, fortalecimiento del mercado interno y la competitividad de las empresas ubicadas en regiones fronterizas.
  • El Ejecutivo Federal tiene la facultad para ajustar las tarifas de importación y exportación cuando sea necesario para regular el comercio exterior y apoyar la economía nacional.

Modificaciones:

  • Se reforman los artículos 5, fracciones I, II y III, que incluyen las mercancías desgravadas o sujetas a un arancel del 5%.
  • El decreto se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2026.

Vigencia:

  • El decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación, es decir, el 30 de septiembre de 2024.
  • Los registros como empresas de la frontera vigentes tendrán validez hasta el 30 de junio de 2025, con posibilidad de ampliarse.

Publicación oficial:

DOF 30 de septiembre 2024 (Versión Vespertina)

DECRETO por el que se modifica el diverso por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte.


Para cualquier duda relacionada con esta publicación por favor contacte a nuestros asesores:

Tel. (+52) 55 4632 2870 (llamadas y WhatsApp)

Consorcio Jurídico Aduanero

Consultoría y Defensa Aduanera… Confiable!