Gafete de identificación a que se refiere el apartado “D” de los lineamientos para el trámite de gafetes de identificación único para transportistas

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Boletín núm P067

Ciudad de México a 05 de octubre de 2018

Gafete de identificación a que se refiere el Apartado D de los Lineamientos para el trámite de Gafetes de Identificación Único para Transportista

Por medio del presente y en alcance al boletín núm. P041 de fecha 29 de junio del presente año, relacionada al proceso de transición para dejar de utilizar el gafete de cartón para la figura de transportista, se les informa que a partir del 01 de octubre es obligatorio el uso del Gafete de Identificación Único para la figura de Transportista (GUIT), por lo cual, hacemos de su conocimiento las recomendaciones más importantes que deberán tomar en cuenta para el correcto uso de este dispositivo:

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  1. El GUIT, deberá ser entregado por la empresa transportista que solicitó el gafete a su operador, quien deberá portarlo de manera visible para su ingreso y salida de la aduana.
  2. Para que el GUIT, sea válido, deberá estar activo y operando al momento de su ingreso y/o salida de la aduana, para tal efecto, es indispensable, que en cuanto se reciba físicamente, se confirme a través del portal VUCEM la recepción del mismo, en la tarea denominada “Confirmar recepción de gafete”
  3. El operador deberá estar registrado en todo momento, en el trámite del Registro del Código Alfanumérico (CAAT) de la empresa que representa al momento de su ingreso y/o salida de la aduana.
  4. Cuando el operador deje de laborar para la empresa que solicitó su gafete, deberá informar la baja en la opción de “Devolución” ingresando al portal VUCEM, tomando en consideración lo siguiente:
    1. Entregar el gafete al operador (previo acuse de recepción firmado por el operador);dicho acuse en copia, deberá entregarlo, junto con copia del acuse de baja, emitido por el portal VUCEM, en la aduana en que realizó la baja.
    2. Retirar el gafete al operador, para que el gafete sea entregado, junto con copia del acuse de baja, emitido por el portal VUCEM, en la aduana en que realizó la baja.

La empresa transportista que realice la baja, podrá tomar cualquiera de las dos opciones de manera indistinta. El gafete por ningún motivo deberá retenerlo la empresa, una vez que el operador dejó de laborar para ella.

Para mayor información, encontrará el manual correspondiente a devolución en la siguiente dirección www.ventanillaunica.gob.mx/ Menú Ayuda / Manuales y guías de usuario / Insumos Gafete Trasportista /Modalidad Devolución, en el cual se brindará el detalle del trámite en comercio.

  1. El trámite del GUIT es un trámite disponible en el portal VUCEM, las 24 horas del día, los 365 días del año.

Así mismo se le informa que, a través del mismo portal (www.ventanillaunica.gob.mx), encontrará los Lineamientos para el trámite de Gafetes de Identificación y Gafetes Únicos de Identificación en los recintos fiscales y fiscalizados, Manuales, Preguntas Frecuentes y Video como material de apoyo.

Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.