DOF: 29/09/2023
DECRETO por el que se reforma el diverso por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que meconfiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos27, 30 Bis, 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 39, fracciones II y III del Código Fiscal de laFederación; 19, fracción II de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 10, párrafo quinto de la Ley deIngresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2023, y
CONSIDERANDO
Que el Gobierno de México está obligado a implementar y continuar con estrategias que mejoren el bienestar de la población,otorguen certeza jurídica, protejan el patrimonio familiar y garanticen la seguridad pública, como la regularización de vehículosusados de procedencia extranjera que no han tramitado su importación definitiva, es decir, no han acreditado su legal estancia enel país;
Que, con el objeto de fomentar la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera que se encuentren en losestados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Hidalgo, Jalisco, Michoacán deOcampo, Nayarit, Nuevo León, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala y Zacatecas, entidades federativas quetienen un alto índice de población migrante en Estados Unidos de América y Canadá, se publicó en el Diario Oficial de laFederación (DOF) el “Acuerdo por el que se instruyen diversas acciones a las dependencias que se indican, en relación a laimportación definitiva de vehículos usados” de 18 de octubre de 2021; el “Decreto por el que se fomenta la regularización devehículos usados de procedencia extranjera” de 19 de enero de 2022, su fe de erratas de 21 de enero de 2022 y sus posterioresreformas de 27 de febrero, 20 de junio y 19 de septiembre, todas de 2022, vigente hasta el 31 de diciembre del mismo año; asícomo el “Decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera”, de 29 de diciembre de2022, y sus posteriores modificaciones del 31 de marzo y 30 de junio de 2023;
Que, con la implementación de los decretos antes mencionados, a la fecha se logró regularizar un aproximado de un millónochocientos tres mil cincuenta y ocho vehículos, es decir, se otorgó certeza jurídica y protección al patrimonio familiar de lasmexicanas y mexicanos, y se contribuyó a garantizar la seguridad pública, ya que permite identificar a los propietarios de dichosvehículos y, con ello, evitar que se ocupen para cometer actos ilícitos;
Que, con la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, se ha logrado recaudar un aproximado de cuatromil quinientos siete millones de pesos, lo que ha permitido llevar a cabo acciones de pavimentación en los municipios de lasentidades federativas participantes, y con ello contar con caminos y vías en condiciones óptimas que reducen los tiempos detraslado, ya que, tanto peatones como vehículos, se pueden desplazar de forma sencilla y rápida por la población y zonascercanas;
Que, dada la buena aceptación del programa, así como los recursos económicos obtenidos para la mejora de vialidades de losmunicipios de las entidades federativas participantes, continúa la demanda de personas que solicitan la regularización devehículos de procedencia extranjera, por lo que, es necesario prorrogar la vigencia del decreto, publicado en el DOF el 29 dediciembre de 2022 y sus posteriores modificaciones del 31 de marzo y 30 de junio de 2023;
Que, vista la eficacia de las acciones implementadas y los grandes resultados obtenidos, con el propósito de otorgar seguridady certeza patrimonial a los propietarios de los vehículos usados de procedencia extranjera residentes en las entidades federativasde Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Hidalgo, Jalisco, Michoacán de Ocampo,Nayarit, Nuevo León, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala y Zacatecas, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO
ÚNICO. Se reforma el transitorio PRIMERO, del “Decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados deprocedencia extranjera”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2022 y sus posterioresmodificaciones del 31 de marzo y 30 de junio de 2023, para quedar como sigue:
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente decreto entrará en vigor a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2023.
SEGUNDO a SEXTO …”
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente decreto entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en Ciudad de México a 29 de septiembre de 2023.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- La Secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján.- Rúbrica.- La Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, Rosa Icela Rodríguez Velázquez.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Rogelio Eduardo Ramírez de la O.- Rúbrica.- La Secretaria de Economía, Raquel Buenrostro Sánchez.- Rúbrica.