Es un documento Obligatorio para el retiro de nuestra mercancía. El Conocimiento de embarque (bill of lading B/L) es un documento que se emplea en el transporte marítimo.
Emitido por el agente naviero o el capitán del buque, sirve para acreditar la recepción o carga a bordo de las mercancías a transportar, en las condiciones consignadas. Suelen emitirse tres originales y varias copias no negociables. Es necesario presentar un original para retirar la mercancía.
El Conocimiento de Embarque es un documento que generalmente se adjunta a una copia de la factura comercial. La copia del Conocimiento de Embarque (para envíos marítimos) o conocimiento aéreo (para envíos aéreos) siempre se fechan y se enumeran.
Existen dos tipos de Conocimiento de Embarque: No negociables y negociables o “shipper’s order”. Este último se utiliza para operaciones comerciales que se realizan con letra a la vista o con carta de crédito. Las personas encargadas de emitir y firmar este documento son los consignatarios de buques.
Este último se utiliza para operaciones comerciales que se realizan con letra a la vista o con carta de crédito.
1. ¿Para que sirve?
Este documento sirve para comprobar la existencia del contrato de transporte y puede interpretarse como el titulo de propiedad de la mercancía en tránsito. La información que debe de estipular este documento son sobre: partes contratantes, datos del buque, datos de la mercancía, itinerario, flete y lugar y fecha de emisión.
- Partes contratantes (naviera o armador, consignatario de buques, cargador (shipper) y destinatario de la mercancía (consignee)).
- Nombre del buque.
- Número de viaje.
- Puerto de carga.
- Puerto de descarga.
- Descripción de la mercancía a transportar (con las marcas y números de sus embalajes).
- Numeración de contenedores (si la mercancía va containerizada).
- Peso bruto y volumen de la mercancía.
- Flete a satisfacer: indicación si el flete es pagadero en origen (prepaid) o en destino (collect).
- Lugar y fecha de emisión del documento (puerto de carga y momento en que se efectúa la carga).
- Número de originales del B/L emitidos por el consignatario de buques.
2. Trámite
Paso 1: A Los exportadores (o de sus agentes de aduanas), los consignatarios de buques suelen emitir tres o cinco ejemplares originales de B/L.
Paso 2: Los exportadores deben remitir posteriormente los B/Ls originales a los importadores para que éstos puedan retirar las mercancías del puerto de destino. De hecho, basta con un original para que el importador o su agente de aduanas puedan retirar la mercancía del muelle del puerto de destino.
Paso 3: Es recomendable enviar a los importadores los originales de los B/Ls a través de distintas vías (vía courier y vía buque). De este modo se garantiza que al menos algún B/L original llegará a los importadores y que éstos podrán retirar las mercancías del puerto de destino.
Fuente: Diario del Exportador