Boletín núm. 08
Ciudad de México, a 06 de julio de 2020.
Despacho aduanero con DODA QR o con PITA de avisos electrónicos.
Me refiero a las Reglas 2.4.11 y 3.1.33 Generales de Comercio Exterior para 2020, las cuales establecen la obligación de transmitir un documento electrónico para obtener el formato de “Documento de Operación Aduanero” (DODA) o el número de integración para asociarlo a un medio de control (PITA) y poder realizar laactivación del Mecanismo de Selección Automatizado.
Sobre el particular, se hace de su conocimiento que el lunes 30 de marzo del año en curso, se encuentran liberadas en la página de internet del SAT y en el servicio web, las funcionalidades correspondientes que permiten generar el DODA o número de integración para las operaciones que se realizar con “Aviso electrónico de importación y de exportación”.
Por lo anterior, a partir del 10 de julio la activación del mecanismo de selección automatizado de las citadas operaciones se realizará con DODA o con el Gafete Único de Identificación, cuando la aduana de que se trate cuente con componentes del Proyecto de Integración Tecnológica Aduanera.
Finalmente, para reportar errores o fallas de dicha implementación, se pone a su disposición los siguientes correos: maria.lopez@sat.gob.mx,claudia.rios@sat.gob.mx,ramses.rojash@sat.gob.mx,joel.sotelo@sat.gob.mx.
La información registrada en el presente boletín no tiene vigencia.