México D.F., a 21 de Junio de 2016
Declaración de identificadores para el pedimento único virtual
A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
Hacemos de su conocimiento el siguiente boletín, el cual contiene información respecto a la declaración de identificadores para el pedimento único virtual, en los siguientes términos:
BOLETÍN
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TEMA
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CONTENIDO
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P043
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ESQUEMA DE CERTIFICACIÓN DE EMPRESAS
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Se da a conocer que para efecto del cumplimiento de lo dispuesto en la fracción V del segundo párrafo de la RGCE 7.2.1 el pedimento único virtual se realizará a través del pedimento de importación con clave de documento “V1 – Transferencias de mercancías”, en el cual se declarará el caso “TU – Transferencia de Mercancías (Operaciones Virtuales), con Pedimento Único”.
Así mismo, se mantiene la declaración de los casos IM “Empresas con Programa IMMEX” y V1 “Transferencias de mercancías” a nivel pedimento, con carácter de obligatorios.A manera de ejemplo, ilustran un modelo para la declaración de casos: 501|1998|6005486|400|1|V1|400||ZYW140901QRS| Por último reitera que no será necesario realizar el pedimento virtual de exportación cuando realicen la transferencia de mercancías a través del pedimento único virtual. |
LIC. RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA