Decisión No. 12 de la Comisión Administradora del TLC entre México y Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua

TLC

Este Acuerdo es emitido por Raquel Buenrostro Sánchez, basándose en varias leyes y reglamentos nacionales. La Decisión No. 12 se relaciona con el Reglamento de Operación del Comité de Integración Regional de Insumos (CIRI), diseñado para evaluar y dictaminar sobre la incapacidad de abastecimiento de materiales específicos utilizados en la producción de mercancías, facilitando así la administración de las disposiciones de integración regional del tratado.

El Tratado de Libre Comercio original fue firmado el 22 de noviembre de 2011 y ha entrado en vigor en etapas a partir de 2012, con el objetivo de facilitar el comercio y la integración económica entre México y las repúblicas centroamericanas mencionadas.

Está Decisión fue adoptada el 9 de diciembre de 2021, incluye el Reglamento de Operación del CIRI, que detalla las definiciones, el ámbito de aplicación, la estructura y funcionamiento del CIRI, los procedimientos para investigar el desabastecimiento de materiales y la emisión de dictámenes. Se establecen criterios específicos para considerar un desabastecimiento, incluyendo la falta de abastecimiento absoluto, por condiciones de entrega, volumen, calidad y precio.

Además, se menciona el proceso para solicitar una dispensa (exención) para la regla de origen en caso de desabastecimiento de ciertos materiales, cómo se manejará la confidencialidad de la información, y los procedimientos para la emisión de dictámenes por el CIRI. También se incluyen disposiciones para la revisión de las decisiones del CIRI, la prórroga de dispensas y la revisión del Reglamento del CIRI.

El Anexo del acuerdo contiene el Reglamento de Operación del CIRI en detalle, junto con un apéndice que proporciona formatos específicos para la solicitud de dispensas para sectores como el papel, textil y eléctrico, detallando los requerimientos técnicos y la información necesaria para el proceso de solicitud.

Este acuerdo entrará en vigor el 23 de marzo de 2024, marcando un paso importante en la operatividad y el cumplimiento del Tratado de Libre Comercio entre estas naciones, con el objetivo de fortalecer la integración económica y el comercio en la región.

Adjuntamos documento oficial para su descarga.

Cualquier duda contacta con nuestros expertos

Tel. 55 4632 2870 (llamadas y WhatsApp)