DOF: 09/06/2022
CUARTA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y sus anexos 1-A, 9, 15 y 23.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.
CUARTA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2022
Y SUS ANEXOS 1-A, 9, 15 Y 23
Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, fracción I, inciso g) delCódigo Fiscal de la Federación; 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, y 8 del Reglamento Interior delServicio de Administración Tributaria se resuelve:
PRIMERO. Se reforman las reglas 2.4.15., primer párrafo; 2.7.2.1., párrafos primero, segundo, numerales 7 y 12, y quinto;2.7.2.4., segundo párrafo; 2.7.2.6., segundo párrafo; 2.7.4.2., párrafos segundo, incisos q) y t) y quinto y se adicionan las reglas2.2.23.; 2.7.2.1., segundo párrafo, numeral 16; 2.7.4.2., segundo párrafo, inciso u); 2.10.28.; 2.16.5. y 13.1., fracción V, de laResolución Miscelánea Fiscal para 2022, para quedar de la siguiente manera:
Informe de fedatarios públicos en materia de firma electrónica avanzada
2.2.23. Para los efectos de los artículos 17-D, 19, 19-A y 27 del CFF, los fedatarios públicos que por disposición legaltengan funciones notariales podrán optar por atender los requerimientos emitidos por la autoridad fiscal paravalidar la información o documentación presentada por los contribuyentes en los trámites de solicitud de lae.firma, mediante un caso de aclaración, a través del Portal del SAT, conforme a lo siguiente:
I. En un plazo no mayor a diez días hábiles siguientes a la emisión del Certificado de e.firma, conforme alprocedimiento descrito en las fichas de trámite 105/CFF “Solicitud de generación del Certificado dee.firma para personas físicas”; 312/CFF “Solicitud de generación del Certificado de e.firma parapersonas morales”; 106/CFF “Solicitud de renovación del Certificado de e.firma para personas físicas” y306/CFF “Solicitud de renovación del Certificado de e.firma para personas morales”, contenidas en elAnexo 1-A, según sea el caso, la autoridad fiscal podrá requerir a los fedatarios públicos, mediante oficioque se notificará por medio del buzón tributario o, en su defecto, mediante las formas previstas en elartículo 134 del CFF, para que informen si la escritura pública o poderes presentados para acreditar larepresentación legal de las personas físicas y morales, obran en sus registros, así como si el número, lafecha, el contenido exacto, el registro en libros y las firmas estampadas son coincidentes, así como siefectivamente corresponden a la persona física o moral, otorgándole un plazo máximo de diez díashábiles para el envío de la información, contados a partir de la fecha en que surta efectos la notificacióndel requerimiento.
II. Para dar respuesta al requerimiento y enviar la información o documentación correspondiente, losfedatarios públicos deberán ingresar un caso de aclaración, a través del Portal del SAT, con la etiqueta”VALID FED PUBLICO”, anexando la documentación soporte que consideren pertinente.
III. En caso de no recibir respuesta por parte del fedatario público en el plazo señalado en la fracciónanterior, la autoridad fiscal podrá reiterar el requerimiento hasta en dos ocasiones a través de oficios quese notificarán en los mismos términos de dicho requerimiento, concediéndole en cada uno de ellos, unplazo de 5 días hábiles para dar respuesta.
CFF 17-D, 19, 19-A, 27, RMF 2022 2.1.16.
Modificación o incorporación de información de socios o accionistas
2.4.15. Para los efectos del artículo 27, apartados A, fracción II y B, fracción VI del CFF, las personas morales deberánpresentar solicitud ante el RFC en la cual informarán el nombre yla clave del RFC de los socios, accionistas o de las personas que tengan control, influencia significativa o poderde mando y de los representantes comunes de las acciones que ha emitido la persona moral cada vez que serealice una modificación o incorporación, conforme a la ficha de trámite 295/CFF “Solicitud de modificación oincorporación de socios, accionistas, asociados y demás personas que forman parte de la estructura orgánicade una persona moral, así como de aquéllas que tengan control, influencia significativa o poder de mando”,contenida en el Anexo 1-A, conforme a lo siguiente:
I. a VI….
CFF 27
Requisitos para obtener la autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI
2.7.2.1. Para los efectos de los artículos 29, segundo párrafo, fracción IV y 29 Bis del CFF, podrán obtener laautorización para operar como PCCFDI, las personas morales que tributen conforme al Título II y Título VII,Capítulo XII de la Ley del ISR, o bien, conforme al Título III de dicho ordenamiento, exclusivamente en lossiguientes supuestos:
I. a III. …
Las personas morales señaladas en el primer párrafo de la presente regla; que tributen conforme al Título II yTítulo VII, Capítulo XII de la Ley del ISR, deberán cumplir con los siguientes requisitos; según corresponda:
1. a 6. …
7. Que la persona moral solicitante, sus socios o accionistas, representantes o apoderados legales,asociados o cualquier integrante del Comité Técnico, Consejo Directivo o de Administración no formenparte de manera directa o indirecta de una persona moral que cuente con una autorización vigente paraoperar como PCCFDI.
8. a 11. …
12. Que la persona moral, sus socios o accionistas, representantes o apoderados legales, asociados ocualquier integrante del Comité Técnico, Consejo Directivo o de Administración, o cualquiera que sea sudenominación, no estén o hayan estado sujetos a una causa penal o vinculados a un procedimientopenal por la comisión de algún delito fiscal.
13. a 15….
16. Que la persona moral solicitante no haya sido amonestada en tres o más ocasiones de conformidad conlo previsto en la regla 2.7.2.11.
…
…
En caso de que la autoridad fiscal solicite información adicional conforme a la ficha de trámite 112/CFF”Solicitud para obtener autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI”, contenida en elAnexo 1-A, notificará al solicitante el requerimiento de información, otorgándole un plazo de diez días hábiles,contados a partir de que surta efectos dicha notificación, para que subsane las omisiones detectadas. De nocumplirse con el requerimiento en tiempo y forma, la solicitud se tendrá por no presentada.
…
…
…
CFF 29, 29 Bis, 32-A, 69, 69-B, LISR 79, RMF 2022 2.7.2.4., 2.7.2.5., 2.7.2.8., 2.7.2.9., 2.7.2.11., 2.7.2.12.,2.7.2.15.Requisitos para que los proveedores de certificación de CFDI renueven la vigencia de la autorización
2.7.2.4….
En caso de no cumplir con los requisitos señalados en la ficha de trámite a que se refiere el párrafo anterior, laautoridad lo requerirá para que, en un plazo de diez días hábiles, contados a partir de que surta efectos lanotificación del requerimiento, subsane las omisiones detectadas. De no presentar la solicitud de renovacióndurante el mes que le corresponda conforme al calendario señalado o no cumplir con el requerimiento para supresentación en tiempo y forma, la solicitud de renovación de autorización se tendrá por no presentada y, porende, la autorización de que se trate no será renovada.
…
…
…
CFF 29, 29 Bis, RMF 2022 2.7.2.2., 2.7.2.3., 2.7.2.8.
De la garantía para obtener autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI
2.7.2.6….
La garantía deberá amparar la totalidad del periodo por el cual se haya obtenido la autorización más seis mesesposteriores al término de la vigencia de la misma. Tratándose de la renovación de la autorización, la garantíadeberá amparar doce meses, contados a partir de que pierda su vigencia la última garantía exhibida.
…
…
…
CFF 29 Bis, RMF 2022 2.7.2.8., 2.7.2.12.
De la autorización para operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sectorprimario
2.7.4.2.
…
…a) a p)…
q) Que la persona moral solicitante, sus socios, representantes o apoderados legales, asociados o cualquierintegrante del Comité Técnico, Consejo Directivo o de Administración o cualquiera que sea sudenominación, no formen parte de manera directa o indirecta de una persona moral que cuente con unaautorización vigente para operar como PCGCFDISP.
r) y s)…
t) Que la persona moral solicitante, sus socios, representantes o apoderados legales, asociados o cualquierintegrante del Comité Técnico, Consejo Directivo o de Administración o cualquiera que sea sudenominación, no estén o hayan estado sujetos a una causa penal o vinculados a un procedimientopenal por la comisión de algún delito fiscal.
u) Que la persona moral solicitante no haya sido amonestada en tres o más ocasiones de conformidad conlo previsto en la regla 2.7.4.10.
…
…
En caso de que la autoridad fiscal solicite información adicional conforme a la ficha de trámite 208/CFF”Solicitud para obtener autorización para operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para elsector primario”, contenida en el Anexo 1-A, notificará al solicitante el requerimiento de información, otorgándoleun plazo de diez días hábiles, contados a partir de que surta efectos dicha notificación, para que subsane lasomisiones detectadas. De no cumplirse con el requerimiento en tiempo y forma, la solicitud se tendrá por nopresentada.
…
…
CFF 29, 29 Bis, 69-B, LISR 79, RMF 2022 2.1.37., 2.7.4.1., 2.7.4.10.Informe proporcionado por el contador público inscrito respecto del incumplimiento a las disposicionesfiscales y aduaneras o de un hecho probablemente constitutivo de delito
2.10.28. Para los efectos del artículo 52, fracción III, tercer párrafo del CFF, el contador público inscrito informará a laautoridad fiscal sobre el incumplimiento a las disposiciones fiscales o aduaneras en las que incurra elcontribuyente respecto del cual dictaminó sus estados financieros, observando lo dispuesto en la ficha detrámite 318/CFF “Informe proporcionado por el Contador Público Inscrito respecto del incumplimiento a lasdisposiciones fiscales y aduaneras o de un hecho probablemente constitutivo de delito”, contenida en el Anexo1-A.
CFF 52
Contribuyentes obligados a presentar la información sobre su situación fiscal por ser partesrelacionadas de los sujetos obligados a dictaminar sus estados financieros
2.16.5. Para los efectos del artículo 32-H del CFF, los contribuyentes que estén obligados a presentar la informaciónsobre su situación fiscal por haberse ubicado en el supuesto a que se refiere la fracción VI del citado artículo,únicamente la presentarán cuando en el ejercicio de que se trate hayan realizado operaciones con los sujetosestablecidos en el artículo 32-A, segundo párrafo del citado Código y siempre que el monto de la operaciónexceda de $13’000,000.00 (trece millones de pesos 00/100 M.N.) por la realización de actividadesempresariales, o bien de $3’000,000.00 (tres millones de pesos 00/100 M.N.) en el caso de prestación deservicios profesionales.
CFF 32-A, 32-H
Declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos
13.1….V. Los relativos a los montos de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos,respecto del mes de abril de 2022, a más tardar el 30 de junio de 2022.
…
LISH 42, 44, RMF 2022 2.8.3.1., Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2022 Segundo Transitorio
SEGUNDO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, se da aconocer el texto actualizado de las reglas a que se refiere el Resolutivo Primero de la presente Resolución.
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