DOF 11 julio 2025
Oficio 500-05-2025-12328 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, vigente hasta el 24 de julio de 2018, o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento, y una vez resuelto el mismo, el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto
En resumen:
Fecha de entrada en vigor:
Desde su publicación en el DOF (11 de julio de 2025)
¿A quién puede afectar?
Empresas o personas físicas con operaciones comerciales o fiscales relacionadas con los siguientes contribuyentes:
- GUPA REFRIGERACIÓN, S. DE R.L. DE C.V.
- INMOBILIARIA MACADAM, S.A. DE C.V.
- JR DINÁMICA EMPRESARIAL, S.A. DE C.V.
- TÉCNICA FINANCIERA, S.C.
Fundamentos legales involucrados:
- Art. 69-B, primer y tercer párrafo, del Código Fiscal de la Federación (vigente hasta el 24 de julio de 2018)
- Artículo Octavo Transitorio, fracción IV, de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025
- Diversos artículos del Reglamento Interior del SAT y Ley del SAT
Contribuyentes eliminados del listado del artículo 69-B
Se informa que cuatro contribuyentes que fueron previamente incluidos en el listado de presunción de operaciones inexistentes (art. 69-B CFF) obtuvieron resoluciones favorables mediante juicio de nulidad o recurso de revocación. Como consecuencia, quedaron sin efectos las resoluciones que los señalaban como emisores de comprobantes fiscales sin materialidad.
Contribuyentes involucrados:
- GUPA REFRIGERACIÓN, S. DE R.L. DE C.V.
Actividad: Sistemas de refrigeración – Toluca, Edo. de Méx.
Motivo de presunción: Ausencia de activos, personal e infraestructura
Medio de defensa: Juicio de nulidad 358/22-29-01-3
Resolución: Nulidad de la resolución definitiva - INMOBILIARIA MACADAM, S.A. DE C.V.
Actividad: Construcción de inmuebles – Saltillo, Coahuila
Motivo: Ausencia de activos y personal
Medio de defensa: Juicio de nulidad 65/21-05-02-9
Resolución: Nulidad de la resolución - JR DINÁMICA EMPRESARIAL, S.A. DE C.V.
Actividad: Servicios administrativos – Zapopan, Jalisco
Motivo: Sin capacidad material, sin activos ni personal
Medio de defensa: Juicio de nulidad 9257/21-07-03-5
Resolución: Nulidad lisa y llana - TÉCNICA FINANCIERA, S.C.
Actividad: Depósito de valores – San Pedro Garza García, N.L.
Motivo: Ausencia de activos y personal
Medio de defensa: Recurso de revocación RRL2018004549
Resolución: Se deja sin efectos la resolución impugnada
Importancia práctica para operaciones y cumplimiento
Este tipo de resoluciones es relevante para:
- Empresas que hayan tenido relación comercial con los contribuyentes involucrados, ya que puede influir en la deducibilidad o acreditamiento de los comprobantes fiscales emitidos por los mismos.
- Despachos contables, fiscalistas y asesores fiscales que gestionen el cumplimiento tributario de sus clientes.
- Sujetos revisados por el SAT con vínculos pasados con alguno de los contribuyentes mencionados, quienes deben tener presente que, si bien estas resoluciones anulan la presunción en estos casos, la autoridad conserva la facultad de seguir fiscalizando otros CFDI emitidos por los mismos contribuyentes.
Publicación oficial:
DOF 11 julio 2025
OFICIO 500-05-2025-12328 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, vigente hasta el 24 de julio de 2018, o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento, y una vez resuelto el mismo, el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto.
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