Boletín núm. P064
DOCUMENTO DE OPERACIÓN PARA DESPACHO ADUANERO
(DODA)
Publicaciones de comercio exterior y aduanas méxico
Asesoría y defensa legal para importadores y exportadores
Boletín núm. P064
Boletín núm. P065
Descargar PDF Continue reading Regla 1.8.2 Obligaciones de los autorizados para prestar los servicios de prevalidación electrónica
Boletín núm. P062
Empaques
El último párrafo de la regla 4.3.2 de las Reglas Generales de Comercio Exterior, establece que “Las empresas que cuenten con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de IVA e IEPS de conformidad con las reglas 7.1.2., 7.1.3. y 7.2.3., y cumplan con lo señalado en la regla 7.2.1., segundo párrafo, fracción IV, en relación con el Anexo 31…
Continue reading Empaques: información respecto a la aplicación del último párrafo de la RGCE 4.3.2
Boletín núm. P061
Ciudad de México, a 23 de septiembre de 2016.
Criterios de Aplicación en la Operación Aduanera
Por medio del presente, se informa a todos los usuarios de comercio exterior que el pasado 12 de septiembre del año en curso, se publicó en la página electrónica del SAT (http://www.sat.gob.mx/aduanas/Paginas/CriteriosOperativos.aspx), los siguientes “Criterios de Aplicación en la Operación Aduanera”:
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Boletín núm. P060
Lentitud en la validación de pedimentos
En seguimiento al boletín informativo P034 emitido el pasado 18 de mayo de 2016 y en virtud que persisten las condiciones de degradación del tiempo de repuesta por la validación de un gran número de archivos de gran tamaño en la Aduana de Nuevo Laredo, reiteramos la invitación a todos los usuarios de dicha aduana, para que en procura a la sana convivencia de la comunidad de comercio exterior y en la medida de sus posibilidades, se observen los siguientes criterios:
El nuevo titular del Sistema de Administración Tributaria fue propuesto para el cargo por el nuevo titular de Hacienda, José Antonio Meade, y sustituirá a Aristóteles Núñez.
Boletín núm. P057
A las empresas certificadas en la modalidad de Operador Económico autorizado de conformidad con la regla 3.8.1., rubro L (derogada), o en su caso 7.1.4. de las Reglas Generales de Comercio Exterior vigentes y que a su vez cuentan con la certificación en materia de IVA y IEPS de conformidad con la regla 5.2.19 (Derogada), o en su caso, 7.1.3 de las Reglas Generales de Comercio Exterior vigentes, que se encuentren interesadas en homologar la vigencia de las certificaciones a que se refiere la regla 7.1.6., quinto párrafo, fracción II y el Artículo Vigésimo, segundo párrafo de las Reglas Generales de Comercio Exterior vigentes, se informa lo siguiente;
Boletín núm. P056
La regla 3.4.7. de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016 (RGCE), únicamente prevé la posibilidad de que los vehículos propiedad de residentes en el extranjero puedan circular dentro de una franja de 20 kilómetros paralela a la línea divisoria internacional y en la región fronteriza, e incluso de que puedan ser reparados por talleres automotrices localizados en dichas zonas, siempre y cuando para ambos casos se cumplan con los requisitos que en la misma regla se establece.