Prueba de Valor – Documentos que acreditan el Valor de Transacción

Documentos para demostrar Prueba de Valor por subvaluación
Artículo por Oscar Rueda

La Agencia Nacional de México (ANAM) ha incrementado considerablemente los Procedimientos Administrativos en Materia Aduanera (PAMA) relacionados con presunta subvaluación de mercancías.
A causa de lo anterior, los contribuyentes están obligados a aportar Prueba de Valor para demostrar el precio realmente pagado por sus mercancías.

Así, para apoyar al gremio aduanero de nuestro país, a continuación compartimos un listado de los documentos que constituyen la Prueba de Valor basado en la Ley Aduanera, su Reglamento y nuestra experiencia como abogados en la atención de este tipo de casos:

Documentos (Prueba de Valor) a recabar ante una supuesta subvaluación:

  • Manifestación de Valor FIRMADA (59 LA)
  • Factura comercial (81 RLA)
  • Documento de transporte (BL / Guía) (81 RLA)
  • Certificado de Origen (en su caso) (81 RLA)
  • Comprobantes de pago al proveedor (81 RLA)
  • Estados de Cuenta que reflejen pagos al proveedor
  • Facturas y comprobantes de pago de cargos incrementables (fletes, maniobras, etc.) (81 RLA)
  • Póliza de seguro que refleje el monto asegurado
  • Contrato con el proveedor (81 RLA)
  • Catálogo / Página Web del proveedor con precios al público
  • Comunicaciones con el proveedor que reflejen el precio pactado
  • Especificaciones de la mercancía que la distingan comercialmente de otras con precios más altos

De conformidad con los artículos 150 y 153 de la Ley Aduanera que regulan a los Procedimientos Administrativos en Materia Aduanera (PAMA), el contribuyente cuenta con un plazo de 10 días hábiles para aportar elementos que desvirtúen la causal de embargo precautorio.

Te sugerimos acercarte a un abogado especialista en la materia para desarrollar el esquema más conveniente para liberar la mercancía a la brevedad posible y demostrar el correcto valor de tus mercancías.

Atentamente,
Mtro. Oscar Rueda
Director y Abogado Titular
Consorcio Jurídico Aduanero
“Consultoría y Defensa Aduanera… Confiable!”
Tel. y WhatsApp 55 4632 2870, ext. 101

Tercera Resolución de Modificaciones a las RGCE 2023

RGCE 2023

¿Qué fue lo que cambio en las RGCE 2023?

El pasado 25 de julio de 2023, se hizo pública la tercera resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior 2023 (RGCE 2023) en el Diario Oficial de la Federación. En este artículo, analizaremos los cambios más destacados que trajo consigo esta resolución.

Me gustaría compartirte el archivo comparativo de las RGCE 2023

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Nueva TIGIE 2022 (Conforme a la LIGIE 7ma enmienda)

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El 7 de junio de 2022 se publicó en el DOF el Decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (LIGIE), la cual implementa la “Séptima Enmienda a los textos de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías”.

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