México D.F., a 6 de Octubre de 2015
Recordatorio – Mercancías cuya importación y exportación está sujeta al requisito de permiso previo por parte de la SE
A TODOS LOS ASOCIADOS:
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Por medio de la presente se hace un atento recordatorio respecto a la entrada en vigor de lo establecido en el “Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior”.
Dicha disposición establece que la entrada en vigor es cinco días hábiles siguientes al de su publicación; lo cual, se cumple el día de hoy 06/10/2015.
A continuación señalamos el punto principal a que se refiere el Acuerdo:
- Mercancías cuya importación y exportación está sujeta al requisito de Aviso Automático por parte de la SE (Anexo de permisos 2.2.1)
Adición de 25 fracciones arancelarias, en las cuales se clasifican productos como láminas cincadas por las dos caras, láminas pintadas, perfiles en H, perfiles en L o en T laminados o extrudidos en caliente, tubos de entubación (“Casing”), laminados en caliente, entre otros; los cuales, ahora estarán sujetos a la presentación de Aviso Automático de Importación de Productos Siderúrgicos aplicable únicamente para el régimen de importación definitiva.
A continuación se adjunta archivo con las referidas fracciones:
LIC. RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA