Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015.
A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
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Por medio de la presente se les informa que hoy 31 de agosto de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015, entre los principales cambios se encuentran:
1.3.1. Se modifica el segundo párrafo
Lo dispuesto en la presente regla, no será aplicable tratándose de las fracciones arancelarias listadas en el apartado A del Anexo 10, excepto tratándose de las mercancías señaladas en las fracciones I, VIII y XVI de la presente regla y las realizadas por empresas de mensajería y paquetería a que se refiere la fracción XVII, únicamente para los Sectores 10 y 11 del apartado A del Anexo 10.
2.4.2. Se modifica el tercer párrafo, fracción III, segundo párrafo, incisos a) y c)
a) Declarar la clave de pedimento que corresponda conforme a lo señalado en el Apéndice 2, del Anexo 22, asentando la clave del identificador que corresponda conforme al Apéndice 8, del citado Anexo. Asimismo se deberá declarar la fracción arancelaria de la mercancía.
……………………………………………
c) Determinar provisionalmente las contribuciones correspondientes de conformidad con la regla 4.6.8., fracción I.……………………………………….
3.7.32. Se deroga
3.7.33. Se adiciona un último párrafo
……..
Lo establecido en la presente regla podrá aplicarse por una ocasión.
Sin otro particular reciban un cordial saludo.
DIRECTOR GENERAL
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