México D.F., a 6 de Noviembre de 2015
Prórroga entrada en vigor regulación SEDENA (fraccion arancelaria 8708.95.99)
A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
En seguimiento a nuestra circular G-0308/2014 del 11/11/2014, en la que hacemos referencia a la publicación del “Acuerdo que modifica al diverso que establece la clasificación y codificación de las mercancías cuya importación o exportación están sujetas a regulación por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional”, DOF 06/10/2014 (Circular G-0259/2014) mediante el cual, se adicionan y eliminan diversas fracciones al mencionado Acuerdo, destacando la regulación a la importación y exportación de la fracción 8708.95.99 (Las demás bolsas inflables de seguridad con sistema de inflado), les informamos lo siguiente:
Tenemos conocimiento de que la Dirección General de Comercio Exterior de la Secretaría de Economía, emitió el oficio 414.2015.03569 de fecha 21/08/2015, mediante el cual con fundamento en sus atribuciones contempladas en la Ley de Comercio Exterior y el Reglamento de la Secretaría de Economía, determina una segunda prorroga para la entrada en vigor de la regulación aplicable a la citada fracción arancelaria.
En virtud de la importancia del tema y con la finalidad de dar certeza a nuestros agremiados, derivado de las gestiones de la Dirección Operativa, la autoridad ha tenido a bien emitir el oficio 414.2015.04087 de fecha 04/11/2015, a efecto de precisar y confirmar que la prórroga mencionada, aplica única y exclusivamente para la fracción arancelaria 8708.95.99, y resultara aplicable hasta en tanto no se publique un Acuerdo modificatorio el cual se encuentra en proceso de publicación.
En caso de alguna duda o problemática con operaciones que involucren esta fracción favor de dirigirlas a los correos: lramirez@caaarem.mx y cesar.garcia@caaarem.mx
Se adjuntan los oficios mencionados para su pronta referencia.
LIC. RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA