CAAAREM detalla las consecuencias jurídicas que trae la creación de la Sala de Comercio Exterior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

0.B8

T-0156/2015
México D.F., a 29 de Julio de 2015

Sala Especializada en Materia de Comercio Exterior

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A TODOS LOS ASOCIADOS:

Por este conducto, informamos a ustedes que el próximo lunes 03 de agosto de 2015 entrara en funciones la Sala Especializada en Materia de Comercio Exterior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

Dicha Sala tiene sede en la Ciudad de Xalapa-Enríquez, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. En el domicilio ubicado en Avenida Circuito Rafael Guízar y Valencia Lote 103, Colonia Reserva Territorial.

Consecuencias jurídicas que genera la creación de la Sala Especializada:
Tiene competencia limitada por razón de territorio para los estados de Veracruz y Tamaulipas. Y competencia material para tramitar y resolver los juicios relacionados con las resoluciones y actos dictados en base a los ordenamientos que regulan la materia de comercio exterior y la Ley Aduanera, con excepción de que se actualice la competencia especial de las Secciones de la Sala Superior.

Para los juicios que actualmente se encuentren en trámite en las diversas Salas del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (Del Golfo Norte con sede en Cd. Victoria, Tamaulipas) y (Del Noreste con sede en Monterrey, Nuevo León) que actualizan la competencia específica de la Sala Especializada, se encuentra previsto un esquema de remisión de expedientes a los que recaerá un acuerdo de radicación y asignación de un nuevo número de expediente. Esta circunstancia será notificada a los interesados vía Boletín Electrónico.

Estará a disposición del público en general el listado definitivo de los asuntos que sean turnados a la Sala Especializada a través de la página web institucional del Tribunal Fiscal.

Sobre el particular, Confederación tiene ubicados ya, 80 expedientes que han sido remitidos y radicados en la Sala Especializada de referencia.

Permanecerán radicados en las Salas a las que actualmente pertenezcan, los expedientes ya concluidos o con algún trámite posterior a la emisión de la sentencia, quedando excluidos de remisión a la Sala Especializada.

Para los casos de medidas cautelares o suspensión en la ejecución del acto impugnado solicitadas dentro del periodo del 9 al 31 de julio de 2015, las Salas de conocimiento acordaran aquellas, con independencia de que con posterioridad a ello se efectué la remisión a la Sala Especializada en Materia de Comercio Exterior que será la encargada del seguimiento y conclusión del juicio.

Con la entrada en funciones de la Sala Especializada, los Magistrados Instructores de las Salas Regionales del Tribunal Fiscal, podrán declinar su competencia para conocer de los juicios que actualicen competencia específica, y ordenar la remisión de los autos del juicio a la Sala Especializada en Materia de Comercio Exterior.

Véase también Circulares CNJ-0004/2015 Circulares CAAAREM 2015 y Circular CNJ-0009/2015 Circulares CAAAREM 2015, relacionadas con el presente tema dadas a conocer a Presidentes y Jurídicos.

Para mayor información sobre el presente, podrán contactar a los Licenciados Santos Ibarra Hernández y Lucy N. Castillo Ceballos, al teléfono (55) 3300-7500, extensiones 1620 y 1630, o a los correos electrónicos santos.ibarra@caaarem.mx y lucy.castillo@caaarem.mx.

ATENTAMENTE
LIC. RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA

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