Avisos a que se refieren las reglas 3.8.2., 3.8.4. y 3.8.15 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016

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Boletín núm. P055

Ciudad de México, a 16 de agosto de 2016

Avisos a que se refieren las reglas 3.8.2., 3.8.4. y 3.8.15 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016

A las empresas que cuenten con el registro de empresas certificadas, otorgado en términos de la regla 3.8.1., apartados A, B, D, F y L (derogada) de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016; así como las personas que cuenten con el registro de socio comercial certificado en términos de la regla 3.8.14. (derogada) de las Reglas antes citadas, se informa lo siguiente:

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La presentación de los formatos denominados “Avisos relacionados con el registro de empresas certificadas, (Reglas 3.8.2. y 3.8.4.)” y “Aviso de modificación del Socio Comercial Certificado”, a que se referían las reglas 3.8.2., 3.8.4. y 3.8.15 (derogadas) de las Reglas Generales de Comercio Exterior, podrá realizarse con esos formatos hasta en tanto concluya la vigencia otorgada a las empresas certificadas o socios comerciales certificados en términos de las reglas 3.8.1. y 3.8.14 de las Reglas Generales de Comercio Exterior.

Asimismo, como facilidad administrativa podrán cumplir con la presentación de los avisos a que se refiere el párrafo anterior mediante el formato debidamente requisitado denominado “Avisos a que se refiere la regla 7.2.1., relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas”, teniendo por cumplida esa obligación.