Prueba de Valor – Documentos que acreditan el Valor de Transacción

Documentos para demostrar Prueba de Valor por subvaluación
Artículo por Oscar Rueda

La Agencia Nacional de México (ANAM) ha incrementado considerablemente los Procedimientos Administrativos en Materia Aduanera (PAMA) relacionados con presunta subvaluación de mercancías.
A causa de lo anterior, los contribuyentes están obligados a aportar Prueba de Valor para demostrar el precio realmente pagado por sus mercancías.

Así, para apoyar al gremio aduanero de nuestro país, a continuación compartimos un listado de los documentos que constituyen la Prueba de Valor basado en la Ley Aduanera, su Reglamento y nuestra experiencia como abogados en la atención de este tipo de casos:

Documentos (Prueba de Valor) a recabar ante una supuesta subvaluación:

  • Manifestación de Valor FIRMADA (59 LA)
  • Factura comercial (81 RLA)
  • Documento de transporte (BL / Guía) (81 RLA)
  • Certificado de Origen (en su caso) (81 RLA)
  • Comprobantes de pago al proveedor (81 RLA)
  • Estados de Cuenta que reflejen pagos al proveedor
  • Facturas y comprobantes de pago de cargos incrementables (fletes, maniobras, etc.) (81 RLA)
  • Póliza de seguro que refleje el monto asegurado
  • Contrato con el proveedor (81 RLA)
  • Catálogo / Página Web del proveedor con precios al público
  • Comunicaciones con el proveedor que reflejen el precio pactado
  • Especificaciones de la mercancía que la distingan comercialmente de otras con precios más altos

De conformidad con los artículos 150 y 153 de la Ley Aduanera que regulan a los Procedimientos Administrativos en Materia Aduanera (PAMA), el contribuyente cuenta con un plazo de 10 días hábiles para aportar elementos que desvirtúen la causal de embargo precautorio.

Te sugerimos acercarte a un abogado especialista en la materia para desarrollar el esquema más conveniente para liberar la mercancía a la brevedad posible y demostrar el correcto valor de tus mercancías.

Atentamente,
Mtro. Oscar Rueda
Director y Abogado Titular
Consorcio Jurídico Aduanero
“Consultoría y Defensa Aduanera… Confiable!”
Tel. y WhatsApp 55 4632 2870, ext. 101

Se agrupan al sector coordinado por la SEMAR, las entidades paraestatales denominadas “Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México”, “Servicios Aeroportuarios de la Ciudad de México” y “Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México”

DOF: 08/08/2023

ACUERDO por el que se agrupan al sector coordinado por la Secretaría de Marina, las entidades paraestatales denominadas “Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México”, S.A. de C.V.; “Servicios Aeroportuarios de la Ciudad de México”, S.A. de C.V., y “AeropuertoInternacional de la Ciudad de México”, S.A. de C.V.

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Se da a conocer liga electrónica para la consulta del Programa Maestro de Desarrollo del Puerto de Veracruz 2022-2027 de la Administración del Sistema Portuario Nacional Veracruz S.A. de C.V.

DOF: 07/08/2023

AVISO mediante el cual se da a conocer la liga electrónica para la consulta del Programa Maestro de Desarrollo del Puerto de Veracruz 2022-2027 de la Administración del Sistema Portuario Nacional Veracruz, S.A. de C.V. (ASIPONA Veracruz), en el cual se analiza la planeación a 5 años (2022-2027) con prospectiva adoptada a una visión de 20 años como horizonte de planeación para la definición de objetivos y estrategias de desarrollo.

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Patente de agente aduanal número 1886 a favor de Jorge Alonso Villarreal Morales, para ejercer funciones ante la Aduana de Matamoros

DOF: 07/08/2023

ACUERDO mediante el cual se otorga patente de agente aduanal número 1886 a favor del ciudadano Jorge Alonso Villarreal Morales, para ejercer funciones con tal carácter ante la Aduana de Matamoros, como aduana de adscripción.

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