México D.F., a 25 de Junio de 2019
Anexos 1-A y 22 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2019, publicadas el 24 de junio de 2019.
A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
Hacemos de su conocimiento que la S.H.C.P. publicó en el Diario Oficial de la Federación de fecha 25/06/2019, los Anexos citados al rubro,
Nota: Estos Anexos se publican en los mismos términos en que se dieron a conocer de manera anticipada mediante la circular No. G-0127/2019
A continuación detallamos lo más relevante de esta publicación:
Se modifican las referencias a las fichas de trámites de las siguientes reglas.
- Destino de bienes accidentados importados temporalmente (Regla 4.2.16.)
- Destrucción de mercancías dañadas (Regla 4.2.17.)
- Obligaciones para destrucción de desperdicios (Regla 4.3.5.)
- Aviso para prorrogar el plazo otorgado por la SE para cambiar de régimen o retornar al extranjero mercancías importadas temporalmente por empresas con Programa IMMEX cancelado (Regla 4.3.8.)
- Prórroga para la exportación temporal (Regla 4.4.2.)
- Autorizaciones, prórroga y normatividad para temporales del artículo 106, fracción III, de la Ley (Regla 4.2.8.)
Instructivo para el llenado del pedimento
En términos generales este Anexo se modifica en los siguientes bloques, para adicionar la referencia al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o documento equivalente en lugar de la mención que hacía a las factura o facturas:
Bloque: Encabezado Principal del Pedimento
Campo 14. PRECIO PAGADO/VALOR COMERCIAL.
Bloque: Datos del proveedor/comprador
- Segundo párrafo.
- Campo 5. NUM. CFDI O DOCUMENTO EQUIVALENTE.
- Campo 9. VAL. MON. FACT.
- Campo 11. VAL. DOLARES.
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RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA