Ampliación esquema de presentación de folio de solicitud de certificación

0.B8
G-0173/2019
México D.F., a 13 de Agosto de 2019

Ampliación esquema de presentación de folio de solicitud de certificación.
A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

Descargar PDF

Hacemos de su conocimiento que la DGN y la DGCE ambas dependientes de la SE, han dado a conocer a través del portal de “SNICE” el Oficio No. DGN. 312.01.2019.2946 con fecha del 12 de agosto, respecto de la ampliación del esquema para presentar a despacho mercancía sujeta al cumplimiento de NOM utilizando el folio de la solicitud de certificación.

En este sentido, las direcciones dependientes de la SE antes citadas, dieron a conocer el Oficio 312.2019.01.1363 (circular G-0106/2019Circulares CAAAREM 2019 ) mediante el cual se estableció que se podría llevar acabo las importaciones de mercancías cuyas solicitudes de cumplimiento de NOM se hubieran ingresado ante el Organismo de Certificación (OC), Laboratorio de Prueba y Calibración o Unidad de Verificación, antes del 31 de mayo de 2019, para efecto de declarar en pedimento el folio de la solicitud de cumplimiento de la NOM para lo cual se contaba con un plazo de 90 días naturales, mismos que concluyó el pasado 12 de agosto de 2019.

Al respecto, a efecto de llevar acabo el análisis del volumen de solicitudes presentadas y que aún se encuentran pendientes de que se sometan a los procesos de evaluación de la conformidad, la SE considera necesario otorgar un plazo adicional de 15 días naturales mismos que vencen el 27 de agosto de 2019, para que se determine el estatus de las solicitudes pendientes de certificación.

Por lo anterior:

  • Una vez obtenido el certificado de conformidad correspondiente, el OC deberá transmitir la información de los mismos al Sistema Normas-Aduanas.
  • En caso de que no se obtener el certificado de conformidad emitido por el OC, no se podrá seguir importando al amparo del folio de solicitud del certificado de cumplimiento NOM, lo anterior , sin perjuicio de que las autoridades tomen medidas o dicten las sanciones correspondientes conforme a sus respectivas atribuciones.

Es de suma importancia hacer mención que para el caso del Oficio No. 414.2019.1983 (circular G-0124/2019Circulares CAAAREM 2019) mediante el cuál se amplia el plazo para ingresar las solicitudes de certificación ante OC, Laboratortio de Prueba y Calibración o Unidad de Verificación, hasta antes del 30 de junio de 2019, para estos supuestos se revisó el tema con la autoridad correspondiente a lo que nos comentan que para todas aquellas solicitudes que fueron ingresadas en el periodo del 01 al 29 de junio de 2019 aun esta vigente la facilidad de declarar el folio de la solicitud en pedimento por lo que deben de contabilizar sus 90 días naturales a partir de la fecha de la solicitud.

Para mayor referencia se adjunta el Oficio No. DGN.312.01.2019.2949

Cualquier duda o comentario favor de contactar a la Dirección Operativa.

ATENTAMENTE
RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA